Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ULLOA CON HENRÍQUEZ

Rol

M-722-2021

Fecha

1 de abril de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Efectividad de haber prestado servicios el actor para el demandado, bajo vínculo de subordinación y dependencia. Remuneración, jornada de trabajo y demás condiciones del vínculo laboral. En la afirmativa del punto anterior, se fijan los siguientes puntos: 2. Circunstancias del término de la relación laboral. Efectividad de haberse invocado una causal legal y

Fundamentos

fundamentos de la misma. 3. Efectividad de encontrarse pagadas los saldos de remuneraciones, correspondientes a los meses de diciembre de 2020, enero y febrero de 2021. 4. Efectividad de haber prestado el actor las horas extraordinarias señaladas en el libelo. 5. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del demandante. Medios de prueba. PARTE DEMANDANTE Documental: La parte demandante ofrece, rinde e incorpora: 1. Cartolas de transferencia recibidas del actor en su cuenta RUT, emitida por Banco Estado, con fecha 29 de septiembre de 2021, comprendiendo el período entre 30 de septiembre de 2020, al 28 de septiembre de 2021; 2. Cartola histórica de cuenta RUT del actor, emitida por Banco Estado, con fecha 29 de septiembre, comprendiendo el periodo entre 9 de noviembre de 2020, al 22 de febrero de 2021; 3. Comprobante de saldos y movimientos de la cuenta del actor en Banco Estado; 4. Set fotográfico de las diversas obras donde se desempeñaba el actor (15 fotografías); 5. 3 capturas de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de noviembre del año 2020; 6. 1 captura de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de diciembre del año 2020; 7. 2 capturas de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de enero de 2021; 8. 1 captura de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de febrero de 2021; 9. 3 capturas de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de marzo de 2021; 10. 1 captura de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de mayo de 2021; 11. 3 capturas de pantalla de conversaciones sostenidas entre el actor y el demandado de la aplicación de mensajería instantánea “whatsapp” del mes de marzo de 2021; El Tribunal resuelve: Téngase por incorporada la documental de la parte demandante. Confesional: La parte demandante, solicita la absolución de don Marco Joaquín Henríquez Ciappa. Atendido lo informado por el Tribunal, respecto de la incomparecencia de las demandadas, el abogado de la parte demandante, solicita se haga efectivo el apercibimiento legal del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. El Tribunal resuelve: Déjese su decisión para la sentencia definitiva. Testimonial: Previo juramento de rigor presta declaración: 1. Giuseppe Gabriel Bontorno Nuñez El Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba testimonial de la parte demandante. OTROS MEDIOS DE PRUEBA. Exhibición de documentos: La parte demandada NO exhibe los documentos solicitados, que corresponden a: 1. Libro de asistencia o registro análogo que per

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 10, 63, 67, 73, 162, 168, 172, 173, 496, y demás pertinentes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones interpuesta por el demandante, don WILLIAMS ESTEBAN ULLOA CARVAJAL, en contra de su ex empleador, don MARCO JOAQUÍN HENRÍQUEZ CIAPPA, y se declara, en consecuencia: 1st. Que entre las partes ha existido una relación desde el día 28 de octubre de 2020 hasta el 15 de febrero de 2021. 2nd. Que, el despido del que fue objeto el actor resulta ser injustificado por lo que se da a lugar a las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $700.000.- (setecientos mil pesos). b. Remuneraciones adeudadas de los meses de diciembre de 2020, de enero y febrero de 2021, por la suma de $650.000.- (seiscientos cincuenta mil pesos). II. Que, se declara que el despido referido no ha producido el efecto de poner término al contrato del actor para efectos remuneracionales, por no encontrarse pagadas íntegramente sus cotizaciones previsionales, como dispone el artículo 162 del Código del Trabajo; debiendo, por ello la demandada pagar al actor las remuneraciones y demás prestaciones originadas a causa de la relación laboral desde el día 15 de febrero de 2021 hasta que se acredite su pago efectivo, se convalide el despido, a razón de $700.000.- (setecientos mil pesos) mensual

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 31 de marzo de 2022. RUC 21-4-0358441-7 RIT M-722-2021 MAGISTRADO SEBASTIAN BAEZ HERNANDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Andrea Arroyo Cortés SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 9:13 horas. HORA DE TÉRMINO 10:52 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 21-4-0358441-7-1338 (Sa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica