ÁLVAREZ CON CONSTRUCTORA PINARES SPA
Rol
O-965-2021
Fecha
31 de marzo de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 67, 73, 161, 162, 168, 172, 173, 453 N° 1 inciso séptimo, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Alonso Ariel Álvarez Ponce en contra de LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA PINARES SPA., Rut 76.377.336-1 y se declara que el despido del trabajador es nulo, condenándose a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido ocurrido el 16 de junio del año 2021, hasta su convalidación mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas, tanto respecto de AFP HABITAT, como de FONASA y de la Administradora de Fondos de Cesantía y que se encuentran impagas correspondiente al periodo trabajado, en especial aquellas de febrero 2020 a junio 2021. b) Se condena a la parte demandada al pago precisamente de estas cotizaciones indicadas, esto es, cotizaciones de AFP HABITAT, FONASA Y AFC, del periodo febrero 2020 a junio 2021. c) Se condena a la demandada al pago de indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $944.240. d) Se condena a la demandada al pago de indemnización por años de servicios correspondiente a la suma de $1.888.480. e) Se condena a la demandada al pago de una indemnización compensatoria de feriado legal correspondiente a las dos últimas anualidades, esto es, período 2019 a 2020, 2020 a 2021 y al pago de feriado legal todo por la suma de $1.677.303. II. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con reajustes e intereses, calculados en la forma establecida en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la parte demandada, regulándose las costas personales en la suma de $400.000. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a lo ordenado en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese el incumplimiento y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsi
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 67, 73, 161, 162, 168, 172, 173, 453 N° 1 inciso séptimo, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Alonso Ariel Álvarez Ponce en contra de LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA PINARES SPA., Rut 76.377.336-1 y se declara que el despido del trabajador es nulo, condenándose a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido ocurrido el 16 de junio del año 2021, hasta su convalidación mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas, tanto respecto de AFP HABITAT, como de FONASA y de la Administradora de Fondos de Cesantía y que se encuentran impagas correspondiente al periodo trabajado, en especial aquellas de febrero 2020 a junio 2021. b) Se condena a la parte demandada al pago precisamente de estas cotizaciones indicadas, esto es, cotizaciones de AFP HABITAT, FONASA Y AFC, del periodo febrero 2020 a junio 2021. c) Se condena a la demandada al pago de indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $944.240. d) Se condena a la demandada al pago de indemnización por años de servicios correspondiente a la suma de $1.888.480. e) Se condena a la demandada al pago de una indemnización compensatoria de feriado legal correspondiente a las dos últimas anualidades, esto es, período 2019 a 2020, 2020 a 2021 y al pago de feriado legal tod
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO. - FECHA 30 de marzo de 2022. RUC 21-4-0354291-9 RIT O-965-2021 MAGISTRADO MARLENE MOYA DÍAZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yessenia Labra Meza SALA 6 HORA DE INICIO 10:03 horas.- HORA DE TERMINO 10:24 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0354291-9-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ALONSO ARIEL ÁLVAREZ PONCE, C.I. 16.709.294-2, Re
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