Juzgado de Garantía de Talagante

M P C/ DAVID ANDRÉS FERNÁNDEZ SOTO

Rol

O-605-2023

Fecha

14 de diciembre de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DE LA ACUSACIÓN El día 19 de noviembre de 2022 a las 10:40 hrs, en la Ruta 5 Norte a la altura del km 192, La Ligua, el imputado ya condenado DAVID SOTO FERNANDEZ mantenía en su poder la camioneta Ford F150, placa patente PGZS-12, que había sido sustraída desde la comuna de Con con el día 16 de noviembre de 2022, asimismo el imputado BENJAMÍN LARA AGUAYO, al mismo tiempo mantenía en su poder el Station Wagon, Dodge, Durango placa patente JCVZ-70, que había sido sustraída en Vitacura el 15 de noviembre de 2022. Ambos imputados no podían sino conocer el origen ilícito de los vehículos ya que transitaban con placas distintas falsas, ocultando el origen ilícito de los vehículos. CALIFICACIÓN JURÍDICA: Receptación de vehículo motorizado. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORÍAS: Agravante: No concurren. Código: DXTFXKSLMXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Atenuante: 11 N° 6 y 9 del Código Penal. Sentencia.: POR ESTAS CONSIDERACIONES Y de conformidad con lo previsto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 16, 18, 25 50, 67, 432 y 456 Bis A del Código Penal, artículos 1°, 2, 3, 7, 8, 12, 45, 47, 70, 77, 93 y 407 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA al imputado BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante la condena y al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 456 BIS A DEL CÓDIGO PENAL, consumado, perpetrado el 19 de noviembre de 2022. II.- Que reuniéndose los requisitos de los artículos 3 y 4 de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal decretada previamente respecto de BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto a la supervigilancia y control de Gendarmería de C

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y de conformidad con lo previsto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 16, 18, 25 50, 67, 432 y 456 Bis A del Código Penal, artículos 1°, 2, 3, 7, 8, 12, 45, 47, 70, 77, 93 y 407 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA al imputado BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante la condena y al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 456 BIS A DEL CÓDIGO PENAL, consumado, perpetrado el 19 de noviembre de 2022. II.- Que reuniéndose los requisitos de los artículos 3 y 4 de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal decretada previamente respecto de BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto a la supervigilancia y control de Gendarmería de Chile Centro de Reinserción Social Santiago Oriente, por el mismo lapso de tiempo de la pena corporal que se le sustituye (541 días), contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada y que BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, se presente ante dicha repartición a dar cumplimiento o sea habido para tales fines y a cumplir las demás exigencias que dicha repartición le imponga en cumplimiento de lo que dispone el artículo 5 de la ley 18.216. Que BENJAMIN IGNACIO LARA AGUAYO, deberá

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de preparación juicio oral. Fecha Talagante, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. Magistrado CHRISTIAN GABRIEL CACERES MOLINA Fiscal ROXANA INÉS FERNÁNDEZ CISTERNAS Defensor DAGLAS YAROSLABA PERUSINA CATRILEO Hora inicio 11:10AM Hora termino 11:39AM Sala SALA 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Talagante Acta CCF RUC 2300189239-8 RIT 605 - 2023 NOMBRE IMPUTADO R

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