MP C/ JOSE ALEXANDER REINA
Rol
O-13332-2022
Fecha
13 de diciembre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 23 de noviembre de 2022, cercad e las 11:30 horas, la victima Monserrat Palacios caminaba por la intersección de calles Ismael Valdés Vergara con paseo puente en la comuna de Santiago, llevando consigo un bolso y su teléfono celular marca Huawei en la mano derecha, momento en el cual el imputado la abordó con la intención de arrebatarle el teléfono desde la mano y al oponerse la victima ello, el imputado tomo la mano derecha de la víctima y la rasguño con la intención de que ella no impidiera que el teléfono le fuera quitado, lo cual finalmente logró huyendo del lugar con el teléfono sustraído en su poder. A raíz de estos hechos la victima resultó con lesiones consistentes en excoriación e inflamación en 3° dedo mano derecha de carácter leve. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JAVIER ANDRES REINA VEGA, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 23 de noviembre de 2022. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye el cumplimiento Código: WHJDXKFKRDJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la pena privativa de libertad temporal impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena sustitutiva de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de li
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JAVIER ANDRES REINA VEGA, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 23 de noviembre de 2022. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye el cumplimiento Código: WHJDXKFKRDJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la pena privativa de libertad temporal impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena sustitutiva de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, sirviéndole de abono los días que permaneció privado de libertad en esta causa, esto es, desde el 23 de noviembre de 2022 hasta el día hoy, que corresponde a 385 días, más el tiempo que permanezca en internación hasta que se materialice l
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, trece de diciembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2201174301-7 RIT: 13332 - 2022 IMPUTADO: JAVIER ANDRES REINA VEGA C.I. 14862391-0 DELITO Robo con violencia ARTICULO Art 436 inc. 1° Código Penal. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES Artículo 11 N°6 y
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