VIDAL/COMERCIAL CARRPLAS LIMITADA
Rol
O-155-2021
Fecha
30 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar los siguientes: 1.- Existencia de la relación laboral entre las partes. Fecha de inicio y de término de la misma. 2.- Efectividad de existir un despido carente de causa legal, como se esgrime en el cuerpo del libelo. Fecha de término y demás circunstancias que rodean el despido. 3.- Procedencia fáctica dela aplicación de la ley bustos. 4.- Efectividad de adeudarse las demás prestaciones indicadas en el libelo. CUARTO: I- Prueba documental: Que la parte demandante incorporó y rindió la siguiente prueba documental: 1. Acta Comparendo de Conciliación, de fecha 09 de noviembre del 2021. 2. Certificado de Cotizaciones Previsionales de cuenta individual de cesantía, de fecha 17 de noviembre del 2021. 3. Certificado de Cotizaciones, AFP Hábitat, de fecha 17 de noviembre del 2021. 4. Certificado de Deuda, Isapre Colmena, de fecha 17 de noviembre del 2021. II- Prueba confesional: Que se dispuso citar a absolver posiciones en forma personal al representante legal de la demandada. III. Exhibición de documentos: 1. Carta de término de contrato de trabajo, con sus respectivos comprobantes de envío por carta certificada y de recepción ante la Inspección del Trabajo. 2. Contrato de trabajo y anexos respectivos. 3. Liquidaciones de remuneraciones, correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre del 2021. 4. Comprobantes de vacaciones, debidamente firmadas por el actor. 5. Planilla del estado de pago de las cotizaciones previsionales, de salud y de la administradora de fondos de cesantía, respecto del actor, durante el periodo de vigencia de la relación laboral. 6. Comprobante de pago de la remuneración del mes de octubre del 2021. QUINTO: Que por su parte la demandada no incorporó prueba alguna atendida su incomparecencia en la presente causa. SEXTO: Que con el sólo mérito de la prueba documental rendida por la parte demandante, debidamente individualizada, valorada conforme las reglas de la sana crítica y según lo dispone el artículo 1698
Fallo
SE RESUELVE: Que se hace lugar a la demanda en procedimiento ordinario laboral por despido carente de causal, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales deducida por don ESTEBAN GABRIEL VIDAL PEREIRA, cédula de identidad número 19.367.692- 8, ya individualizado, en contra de COMERCIAL CARRPLAS LIMITADA, representada legalmente por don Carlos Andrés Carrasco Aqueveque, ya individualizados y, por consiguiente se declara: I.- Que el despido al cual fue objeto el demandante es carente de causal y es nulo. II.- Que, por consiguiente, la demandada deberá pagar al actor las siguientes prestaciones: 1.- Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral devengadas entre el término del contrato y hasta el íntegro pago de las cotizaciones previsionales a razón de $655.145. 2.- Pago de las cotizaciones previsionales, de salud y seguro de cesantía por los meses impagos durante el período trabajado, acción que corresponde ejercer a las entidades previsionales pertinentes. 3.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $655.145. 4.- Indemnización por 5 años de servicio por la suma de $ 3.275.725. 5.- Recargo del 50%, esto es, por un monto de $1.637.863. 6.- Compensación del Feriado legal por un monto de $939.042. 7.- Indemnización del feriado proporcional, por 6 meses y 14 días, desde la última anualidad, equivalente a 8 días hábiles y 12 días corridos de remuneraciones, por un monto de $262.058. 8.- Remuneración por 20 días trabajados e
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO: DICTA SENTENCIA INMEDIATA FECHA Treinta de marzo de dos mil veintidós RUC 21-4-0374470-8 RIT O-155-2021 MAGISTRADO RUBY YÁÑEZ KINZEL ADMINISTRATIVO DE ACTAS Kpg HORA DE INICIO 10:42 horas HORA DE TERMINO 11:28 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2140374470-8-238 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE ESTEBAN GABRIEL VIDAL PEREIRA RUN: 19.367.692- 8 ABOGADO COMPARE
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