Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

CATALINA ANAIS TRONCOSO BUSTOS C/ GABRIEL IGNACIO INFANTE MARTÍNEZ

Rol

O-1177-2022

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑO FALTA (495 NR 21 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS “El 17 de mayo del 2022 alrededor de las 09:00 hrs. mientras la víctima Catalina Troncoso Bustos se encontraba en su domicilio ubicado en calle Santa Margarita N° 1321 casa B-23, Villa Alemana, en compañía de su hija de 4 años, llegó al lugar su ex pareja y padre de su hija, el imputado Gabriel infante Martínez, el cual salió hace poco de la cárcel y comenzó a tratar de abrir la puerta para ingresar, ante la negativa de la víctima la amenaza seria y gravemente señalándole “ que la iba a matar y le iba a quemar la casa” luego lanzó una piedra y quebró la ventana del dormitorio de la víctima, daños avaluados en menos de una Unidad Tributaria Mensual”. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada).- Y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25, 296 Número 3 y 494 Número 21 del Código Penal; Artículo 5to Ley 20.066; Artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Código: SYNXXKHGTLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se absuelve a GABRIEL IGNACIO INFANTE MARTINEZ, cédula de identidad N° 19.222.873-5, ya individualizado, de la acusación de ser autor del delito de Amenazas Simples, previsto y sancionado en el art. 296 Número 3 del Código Penal y Daños Falta del artículo 494 Número 21 del mismo Código, ambos en contexto de Violencia Intrafamiliar y en relación al artículo 5to de la Ley 20.066. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja sin efecto toda medida cautelar decretada. Resolvió don PATRICIO OSVALDO TORO DIAZ, Juez Suplente del Juzgad

Fallo

se declara: Código: SYNXXKHGTLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se absuelve a GABRIEL IGNACIO INFANTE MARTINEZ, cédula de identidad N° 19.222.873-5, ya individualizado, de la acusación de ser autor del delito de Amenazas Simples, previsto y sancionado en el art. 296 Número 3 del Código Penal y Daños Falta del artículo 494 Número 21 del mismo Código, ambos en contexto de Violencia Intrafamiliar y en relación al artículo 5to de la Ley 20.066. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja sin efecto toda medida cautelar decretada. Resolvió don PATRICIO OSVALDO TORO DIAZ, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: SYNXXKHGTLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-12T12:57:24-0300

Texto Completo (Preview)

C/ GABRIEL IGNACIO INFANTE MARTINEZ. DELITO: AMENAZAS Y DAÑOS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. RUC N° 2200481188-0 RIT N° 1177 - 2022 Villa Alemana, doce de diciembre de dos mil veintitrés.- HECHOS “El 17 de mayo del 2022 alrededor de las 09:00 hrs. mientras la víctima Catalina Troncoso Bustos se encontraba en su domicilio ubicado en calle Santa Margarita N° 1321 casa B-23, Villa Alemana,

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