MINERA RICARDO RESOURCES INC. S.A./
Rol
V-595-2020
Fecha
17 de diciembre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 02 de julio de 2020, siendo las 14:39 horas, don CARLOS PEREZ-COTAPO SUBERCASEAUX, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 7.017.288-7, en representación de MINERA RICARDO RESOURCES INC. S.A., sociedad chilena del giro minero, rol único tributario N° 77.101.680-4, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello N° 2711, piso 24, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “RICARDO A 196”, cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, comuna de Calama, Segunda Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.512.500,00 metros; AL ESTE 512.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 07 de julio de 2020, a fojas 2730 bajo el Nº 1713, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.020. TERCERO: Que con fecha 23 de julio de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 42.712, CVE 1787918, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.512.500,00 512.500,00 V1 7.514.000,00 512.000,00 V2 7.514.000,00 513.000,00 V3 7.511.000,00 513.000,00 V4 7.511.000,00 512.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 6109, de fecha 20 de octubre de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó con observaciones, las que fueron subsanadas. Mediante ordinario N°7446, de fecha 14 de diciembre de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano están correctos, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “RICARDO A 196”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de MINERA RICARDO RESOURCES INC. S.A., antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código
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FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-595-2020 CARATULADO : MINERA RICARDO RESOURCES INC. S.A./ Calama, diecisiete de Diciembre de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 02 de julio de 2020, siendo las 14:39 horas, don CARLOS PEREZ-COTAPO SUBERCASEAUX, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 7.017.288-7,
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