17º Juzgado Civil de Santiago

GANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-16781-2020

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 04 de noviembre de 2020, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don H ctor Ganaé é Contreras, empleado, c dula de identidad N 5.660.078-7, domiciliado ené ° Monse or Escriv de Balaguer N 14.424, casa 62, comuna de Loñ á ° Barnechea, Regi n Metropolitana, quien interpone demanda de declaraci nó ó de prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo enó juicio ordinario de menor cuant a en contra de la Ilustre Municipalidad deí Lo Barnechea, representada legalmente por su alcalde, don Crist bal Liraó Ib ez, ambos con domicilio en Av. El Rodeo N 12.777, comuna de Loáñ ° Barnechea, Regi n Metropolitana. ó Funda su demanda en que en su calidad de propietario del inmueble ubicado en Monse or Escriv de Balaguer N 14.424, casa 62, comuna deñ á ° Lo Barnechea, Rol N 3445-522, ha sido requerido por la demandada por° el pago de los derechos de aseo municipales que se adeudar an por elí periodo correspondiente desde el mes de abril de 2009 hasta el mes de noviembre de 2013. El cobro de dichos derechos se funda en la ley de Rentas Municipales, Decreto Ley N 3.063, que establece en su art culo 7 que las° í ° municipalidades cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo, quedandoá exentos autom ticamente de dicho pago aquellos usuarios cuya vivienda oá unidad habitacional a la que se otorgue el servicio tenga un aval o fiscalú igual o inferior a 225 unidades (sic). Indica el detalle de la deuda, conforme informe emitido por la demandada en cuadro que inserta en el libelo pretensor, que abarca periodos con vencimiento desde el 30 de abril de 2009 al 30 de noviembre de 2013, deuda que ascender a por concepto de capital, multas e intereses aí la suma de $1.569.020.- En cuanto al derecho, cita y transcribe los art culos 2492, 2514, 2515,í 2521y 2493 del C digo Civil, para se alar que viene en deducir la demandaó ñ de prescripci n extintiva de la acci n judicial que tiene la demandada paraó ó persegu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don H ctor Gana Contreras deduce acci n a fin deé ó que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechosó de aseo domiciliarios que adeuda a la Ilustre Municipalidad Lo Barnechea, representada legalmente por don Crist bal Lira Ib ez, todos yaó áñ individualizados, basado en los fundamentos de hecho y de derecho que ya fueron rese ados en la parte expositiva de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que la parte demandada, contest la acci nó ó interpuesta, allan ndose a la pretensi n de la actora. á ó TERCERO: Que, seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil,ú í ó la prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, poró no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales; a su vez, y seg n elá ú RIT« » Foja: 1 art culo 2515 del mismo cuerpo legal, prescriben en 5 a os las accionesí ñ ordinarias. CUARTO: Que, resolviendo el fondo del asunto, cabe hacer presente que la deuda que se reclama corresponde al servicio de aseo que las municipalidades est n autorizadas por ley a prestar, entendi ndose porá é tal, la extracci n de residuos s lidos domiciliarios que se cobra a todos losó ó usuarios de la comuna, cobrando una tarifa anual por dicho servicio, derechos regulados en los art culos 5 y siguientes de la Ley de Rentasí ° Municipales, las que prescriben que el derecho de aseo debe ser pagado por el due o o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario,ñ arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario. QUINTO: Que al efecto, se hace necesario distinguir entre impuestos municipales y derechos municipales, ya que ambos tienen una naturaleza jur dica distinta, y seg n el art culo 40 del D.L. N 3.063 deí ú í º 1979, sobre Rentas Municipales, constituyen derechos municipales, las prestaciones que est n obligadas a pagar a las municipalidades, las personasá naturales o jur dicas de derecho p blico o privado, que obtengan de laí ú administraci n local, una concesi n o permiso o que reciban un servicio deó ó las mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expreso.ó Que en el caso de los derechos municipales existe entonces, una contraprestaci n directa del municipio a favor de la persona que requiereó un determinado servicio, siendo el m s t pico el de los derechos de aseoá í domiciliarios. SEXTO: Que, la Ley de Rentas Municipales, en su art culo 7 , seí ° refiere expresamente a este cobro como un derecho ; por otra parte, los“ ” art culos 12 al 34, al referirse a los impuestos municipales , no hacení “ ” menci n alguna respecto del cobro de servicios de aseo domiciliario comoó tales, lo que tiene sentido si se considera que los impuestos municipales constituyen una carga tributaria por el ejercicio de una actividad comercial o profesional, o bien por el uso de ciertos bienes p blicos, como lo sonú calles o avenidas; no encontr ndose, en consecuencia, dentro de dich

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2514, 2515 del C digo Civil, art culos ó í 6 , 7 , 23 a 34 y 40 del D.L. N° ° ° 3063 Ley de Rentas Municipales, art culo 76 de la Constituci n Pol tica deí ó í la Rep blica, art culo 108 del C digo Org nico de Tribunales y art culosú í ó á í 144, 160, 170 y 254 del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda interpuesta con fecha 04 de noviembre de 2020, por don H ctor Gana Contreras, en contra de la Ilustreé Municipalidad Lo Barnechea, representada legalmente por don Crist baló Lira Ib ez,áñ declar ndose prescrita la acci n de cobro por concepto deá ó derechos municipales de aseo, correspondientes al per odo comprendidoí entre el 30 de abril de 2009 al 30 de noviembre de 2013, ambas fechas inclusive, las que suman el monto de $1.588.082.-, la cual incluye reajustes por IPC e intereses, respecto del inmueble ubicado en Monse or Escriv deñ á Balaguer N 14.424, comuna de Lo Barnechea, Regi n Metropolitana; ° ó II.- Que cada parte se har cargo de sus costas. á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A Ñ ROC O P REZ GAMBOA, JUEZÍ É TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Diciembre de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de s

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16781-2020 CARATULADO : GANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, diecis is de Diciembre de dos mil veinte é VISTOS: Con fecha 04 de noviembre de 2020, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don H ctor Ganaé é Contreras, emplead

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