MP COQUIMBO C/ CRISTOPHER ANTONIO CORTÉS ESCOBAR
Rol
O-4235-2023
Fecha
11 de diciembre de 2023
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 30 de Agosto de 2023, a las 01:20 horas aproximadamente, en la vía pública, en la intersección de calle Aldunate con calle Benavente, Coquimbo, los acusados Cristopher Antonio Cortes Escobar y Franco Eduardo Cortes Sánchez, previamente concertados y con el fin de sustraer especies, sustrajeron 03 señaléticas de tránsito, las cuales arrancaron de su base de anclaje jalándolas con fuerza y cortándolas con una sierra metálica, no logrando su cometido al ser detenidos por personal de carabineros con las especies en su poder. Las especies sustraídas de propiedad de la I. Municipalidad de Transito, dirección de tránsito, fuera avaluadas en $200.000.” B.- SENTENCIA: Coquimbo, a once de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 21, 30, 50, y 443, todos del Código Penal, artículos 2, 4, 47, 340, 344, 348, 351 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a FRANCO EDUARDO CORTES SANCHEZ, ya individualizado, a la pena de: CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA DE SUSPENSIÓN CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, la que le queda impuesta por su autoría en el delito frustrado de robo de cosas que se encuentran en bien nacional de uso público, perpetrado en Coquimbo el día 30 de agosto del 2023. LA PENA CORPORAL PRECEDENTEMENTE IMPUESTA SE TENDRÁ POR CUMPLIDA por el mayor tiempo que permaneció privado de libertad parcialmente con motivo de ésta causa, desde el 30 de agosto al 07 de noviembre del año 2023, con lo que el periodo de 41 días se encuentra suficientemente cumplido. II.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa en virtud de su admisión de responsabilidad. Una vez ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. ANOTESE, REGISTRESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC Nº 2300938541-K RIT Nº 4235-2023 DICTADA POR DON EDGARDO ARTURO PINTO SOLIS, JUEZ (S) DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO. Código: XFLKXKYDNXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-11T19:29:51-0300
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: “El día 30 de Agosto de 2023, a las 01:20 horas aproximadamente, en la vía pública, en la intersección de calle Aldunate con calle Benavente, Coquimbo, los acusados Cristopher Antonio Cortes Escobar y Franco Eduardo Cortes Sánchez, previamente concertados y con el fin de sustraer especies, sustrajeron 03 señaléticas de tránsito, las cuales arrancaron de su base de anclaje jalándolas co
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