MP C/ FRANCISCO JAVIER QUINTANA VALLADARES
Rol
O-8751-2023
Fecha
9 de diciembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Siendo aproximadamente las 16:15 horas del 8 de diciembre del FRANCISCO JAVIER QUINTANA VALLADARES concurrió hasta la tienda Easy ubicada en la avenida Caupolicán número 65 de Temuco, lugar desde el cual sustrajo un artefacto de aire acondicionado portátil marca NEX avaluado la suma de $ 19.99 a pesar de que se encontraba la venta en el referido comercio, con la cual el imputado traspasó cajas registradoras y líneas de seguridad, sin pagar su valor, siendo sorprendido y detenido por los guardias del lugar.” II. La fiscalía representada por el Fiscal Adjunto Sr. RAUL ESPINOZA PINTO, para efectos del artículo 95 del Código Procesal Penal modificó el requerimiento y tuvo los hechos como DELITO TENTADO DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 446 N° en relación al artículo 4 ambos del Código Penal le atribuye al requerido la calidad de AUTOR DIRECTO, reconoce en su favor la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal y solicitó penas de DIA DE PRISION EN GRADO MINIMO, MULTA DE /3 DE UTM, accesorias legales, sin costas. III. La defensa solicita se reconozca las atenuantes del artículo 11 N° 9 del Código Penal, solicita que la pena sea regulada 1 día de prisión según lo acordado con la fiscalía y se dé por cumplida, solicita que se rebaje la multa y se concedan cuotas, sin costas. Código: DZXWXKXSVKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV. Conforme a lo referido se dan por establecidos los hechos descritos en el requerimiento, los cuales configuran un DELITO DE HURTO, en grado de TENTATIVA previsto y sancionado en el artículo 446 N° en relación a los artículos 4 7 y 5 del Código Penal, en el cual el requerido intervino criminalmente en calidad de AUTOR EJECUTOR, pues ejecutó personalmente el delito. Se le reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. V. La pena privativa de libertad será regulada en 1 día de prisión en grado mínimo pues corresponde a la pena base legal d
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 97 en relación con el 4 48 88 89 9 9 y 95 del Código Procesal Penal, artículos 1º 7° 11 N° 9 14 N° 1 15 Nº 1 49 5 , 67 4 y 446 del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a FRANCISCO JAVIER QUINTANA VALLADARES, RUN - , a la pena de UN ( ) DIA DE PRISION EN SU GRADO MINIMO Y MULTA ASCENDENTE A UN SEXTO / ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de un DELITO DE HURTO, en grado de TENTATIVA, cometido en esta jurisdicción el 8 de diciembre de , en perjuicio de la tienda Easy. II. La pena de prisión y la multa impuestas se tienen por cumplidas con cargo al periodo de detención en esta causa. III. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Código: DZXWXKXSVKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Una vez ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Remítase copia de la sentencia al Registro Nacional de Condenas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese y dese copia. RUC 3 3 3 - RIT - 3 Dictada por don MAURICIO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: DZXWXKXSVKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-11T14:47:39-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, nueve de diciembre de dos mil veintitrés.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado y el requerido FRANCISCO JAVIER QUINTANA VALLADARES, RUN . . - , sin oficio, sin domicilio en situación de calle debidamente informado de sus derechos y asistido por la abogada defensora penal pública Sra. LORETO RODRIGUEZ SERRANO, en audiencia de esta fe
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