2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

GOLD FIELDS PEDERNALES LIMITADA/

Rol

V-182-2020

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Díaz Moles, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 12.009.233-2, en representación, según se acreditará, de Gold Fields Pedernales Ltda., sociedad chilena, del giro minero, rol único tributario 76.089.011-1, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Presidente Riesco N° 5.561, Piso 7, Comuna de Las Condes, Santiago, con fecha 31 de marzo del año 2020, a las 21:01:02 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “PORVENIR 23” con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 8 de abril del año 2.020, el pedimento fue inscrito a fojas 1648, bajo el Nº 889, del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 27 de abril del año 2.020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 4339, de fecha 23 de julio del año 2.020, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.240.500,00 552.000,00 V1 7.242.000,00 551.500,00 V2 7.242.000,00 552.500,00 V3 7.239.000,00 552.500,00 V4 7.239.000,00 551.500,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “PORVENIR 23” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de Gold Fields Pedernales Ltda., representada por don Manuel Díaz Moles, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. ROL V-182-2020 Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, a dieciséis de diciembre del año dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la sentencia que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-12-16T13:48:52-0300

Texto Completo (Preview)

ROL : V-182-2020. MATERIA : PEDIMENTO MINERO “PORVENIR 23”. CÓDIGO : P-02. SOLICITANTE : GOLD FIELDS PEDERNALES LTDA. FECHA INICIO : 31/03/2020. Antofagasta, a dieciséis de diciembre del año dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Díaz Moles, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 12.009.233-2, en representación, según se acreditará, de Gold Fields

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