1º Juzgado Civil de Santiago

GABLES PRODUCE LLC/MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY CHILE S.A.

Rol

C-10143-2020

Fecha

16 de diciembre de 2020

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PROBATORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 27, del cuaderno de medida prejudicial, comparece Ignacio Díaz Ibáñez, abogado, mandatario judicial de GABLES PRODUCE LLC, ambos con domicilio para estos efectos en Ebro 2740, oficina 396, Las Condes, interponiendo demanda de designación de juez árbitro en contra de MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY (CHILE) S.A., sociedad del giro de transporte de mercaderías por mar, representada legalmente por Ricardo Klempau Schuler, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Av. Isidora Goyenechea 3120, Piso 5-6, comuna Las Condes, con el objeto de que se proceda a designar el Juez Árbitro que resuelva el conflicto que se ha originado entre las partes. A folio 32 y 36, del cuaderno de medida prejudicial, figura la notificación a la parte demandada.- A folio 40, del cuaderno de medida prejudicial, consta el acta de la audiencia de estilo con la asistencia de los apoderados de ambas partes, y en la cual de común acuerdo procedieron a designar como juez árbitro de derecho a Rafael Gómez Balmaceda, domiciliado en Ahumada 312, oficina 505, comuna de Santiago, casilla electrónica rgomezbalmaceda@hotmail.com, lo que se tuvo presente por el Tribunal. A folio 1, del cuaderno principal, se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: mailto:rgomezbalmaceda@hotmail.com.- C-10143-2020 PRIMERO: Que, teniendo presente el mérito de lo actuado en autos y lo dispuesto el artículo 232 inciso 1°del Código Orgánico de Tribunales, que en su parte pertinente prescribe: “El nombramiento de árbitros deberá hacerse con el consentimiento unánime de todas las partes interesadas en el litigio sometido a su decisión”. A su turno, el artículo 1203 del Código de Comercio, dispone en su inciso primero: “El conocimiento de toda controversia que derive de hechos, actos o contratos a que dé lugar el comercio marítimo o la navegación, incluidos los seguros marítimos de cualquier clase, será sometido a arbitraje.” SEGUNDO: Que, encontrándose las partes contestes en cuanto a la designación de la persona del Juez Árbitro que dirimirá la controversia expuesta, y teniendo especialmente presente que existe norma expresa que somete el asunto controvertido a la competencia de la justicia arbitral; será por lo tanto, esta Sentenciadora quien ratifique el acuerdo alcanzado por las partes.

Fallo

Por estas consideraciones, y, de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254 y 680 del Código de Procedimiento Civil; los artículos 22, 223 y 232 inciso 1° del Código Orgánico de Tribunales; y los artículos 232 y 1203 del Código de Comercio, SE DECLARA: Que, ha lugar a la solicitud formulada en lo principal de folio 27, designándose como juez árbitro de derecho a Rafael Gómez Balmaceda, domiciliado en Ahumada 312, oficina 505, comuna de Santiago, casilla electrónica rgomezbalmaceda@hotmail.com. Rol N° 10143-2020. Regístrese, notifíquese y archívese. PRONUNCIADA POR ISABEL MARGARITA ZÚÑIGA ALVAYAY, JUEZA TITULAR DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. RQ mailto:rgomezbalmaceda@hotmail.com.- C-10143-2020 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Diciembre de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-12-16T08:46:41-0300

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C-10143-2020 FOJA: 3 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10143-2020 CARATULADO : GABLES PRODUCE LLC/MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY CHILE S.A. Santiago, diecis is de Diciembre de dos mil veinte é VISTO: A folio 27, del cuaderno de medida prejudicial, comparece Ignacio Díaz Ibáñez, abogado, mandatario judicial de GABLES PRODUCE LLC, ambos con domi

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