Juzgado de Garantía de Parral.

NN C/ ANGELO ESTEBAN VÁSQUEZ SOTO

Rol

O-1473-2022

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El día 18 de octubre del año 2022 alrededor de las 11:25 horas, Oscar Fernando Troncoso Cancino, concurrió hasta el inmueble de calle 1 Poniente N° 381, Población Don Pablo Comuna de Parral, lugar donde en el umbral de la puerta, Troncoso Cancino realiza un intercambio de mano característicos de la venta de droga con Jacqueline Andrea Aburto Higuera, adquiriendo o comprando 8 envoltorios de papel blanco cuadriculado en cuyo interior contenía cocaína base que arrojó un peso bruto de 2,02 gramos y coloración positiva a la presencia de cocaína, droga que le fue vendida y entregada por Aburto Higuera, quien la guardaba y poseía sin contar con autorización de ninguna especie, quien se dedica a la venta de droga, por lo que no está destinada a su consumo personal, exclusivo ni próximo en el tiempo ni a un tratamiento médico, se hace presente que el tráfico o la venta de droga por Aburto Higuera lo realizaba en conjunto y con la colaboración de su hijo Félix Alexis Duran Aburto, quienes se coordinaban para realizar la venta de la referida droga, conversaciones telefónicas entre ellos de fecha 28/11/2022 y 02/12/2022 establecen que Durán Aburto le indica que había personas interesadas en comprar droga cocaína base, señalándole Aburto Higuera donde se encontraba al a droga para la venta y solicitándole Durán Aburto que trajera la droga para la venta”. PARRAL, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos del Código Penal; Código Procesal Penal; Ley N° 19970, Ley N° 20.000, SE DECLARA: I.- Que se condena a JACQUELINNE ANDREA ABURTO HIGUERA, ya individualizada, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de Código: NTPFXKRERHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la condena y a una multa ascendente a 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como AUTORA del

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JACQUELINNE ANDREA ABURTO HIGUERA, ya individualizada, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de Código: NTPFXKRERHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la condena y a una multa ascendente a 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como AUTORA del delito de Trafico de pequeñas cantidades, en grado de desarrollo consumado, cometido en la jurisdicción de este juzgado el día 18/10/2022 II.- No reuniéndose los requisitos para optar a alguna de las penas sustitutivas de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena corporal de manera efectiva, debiendo abonarse los días que estuvo privada de libertad por estos antecedentes desde el día 17/04/2023 a la fecha III.- Que no se hace efectivo el apercibimiento del artículo 49 para el pago de la multa impuesta. IV.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas V.- Atendido lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970 en relación con el artículo 40 de su Reglamento, se ordena la determinación de la huella genética del sentenciado, si esta no se hubiere realizado con anterioridad, la que se llevará a efecto a partir del procedimiento contemplado en la referida Ley y el Reglamento, incluyéndose una vez ejecutoriada la presente sentencia, en el Sistema Nacional de Registro de Condenados. VI.- Se exime del pago de las costas al sentenciado E

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 2200964831-7 RIT N° : 1473 - 2022 PROCEDIMIENTO : Abreviado DELITO : Trafico de pequeñas cantidades (art. 4).. GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : JACQUELINNE ANDREA ABURTO HIGUERA. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0015157462-9 DOMICILIO : Poblacion Don Pablo, Uno Poniente Nº 381, Parral. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9. AGRAV

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