Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ MARCOS FRANCISCO ASTORGA ORELLANA

Rol

O-8369-2023

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día de septiembre del , siendo aproximadamente las : horas de la madrugada, en circunstancias que personal de carabineros realizaba controles vehiculares aleatorios en calle Alejandro Navarrete con Granada de Viña del Mar, deciden fiscalizar una Cuatrimoto placa patente SLY 79, conducida por el acusado, quien al intentar evadir la presencia policial, pierde el control del móvil y cayó en la calzada. Se da la fuga a pie y en cuyo trayecto lanza un bolso que portaba consigo. Al momento de ser alcanzado y detenido, se encontró en dicho bolso una pistola marca Bersa, modelo Thunder 9, calibre 9 milímetros, serie 7 7-6 , apta para el disparo, y dos cargadores que contenían un total de 6 cartuchos balísticos calibre 9 milímetros, compatibles con la pistola y aptos para ser utilizados como cartuchería convencional, arma de fuego y municiones que Astorga aportaba y tenía sin contar con autorización y permiso legal para ello”. SENTENCIA VISTOS Y OÍDOS: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos , 7, N° , N°9 del Código Penal; ley de control de armas; artículos 6 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena a MARCOS FRANCISCO ASTORGA ORELLANA, ya individualizado, como autor de un delito de tenencia de armas de fuego y municiones, ocurrido en este territorio jurisdiccional el de septiembre del , a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargo de oficios públicos durante el tiempo de la condena, cumplimiento efectivo y le servirá de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertades desde el día de septiembre del , sin costas. II.- Que, Se decreta el comiso de todo lo incautado cuya destrucción y destino final será responsabilidad de la autoridad fiscalizadora de Valparaíso. Des

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a MARCOS FRANCISCO ASTORGA ORELLANA, ya individualizado, como autor de un delito de tenencia de armas de fuego y municiones, ocurrido en este territorio jurisdiccional el de septiembre del , a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargo de oficios públicos durante el tiempo de la condena, cumplimiento efectivo y le servirá de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertades desde el día de septiembre del , sin costas. II.- Que, Se decreta el comiso de todo lo incautado cuya destrucción y destino final será responsabilidad de la autoridad fiscalizadora de Valparaíso. Dese cumplimiento al artículo 6 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Dictada por doña LORETO LEÓN PINOCHET, Juez titular de Garantía de Viña del Mar. Código: MNSVXKBZXKH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MNSVXKBZXKH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-12T12:22:15-0300

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar, seis de diciembre de dos mil veintitrés. RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MARCOS FRANCISCO ASTORGA ORELLANA - Sector Nueva Aurora calle Moreno Vial Nº Viña del Mar. “HECHOS: “El día de septiembre del , siendo aproximadamente las : horas de la madrugada, en circunstancias que personal de carabineros realizaba controles vehiculares aleatorios en calle Alejandro

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