RICHTER/MARIA SOLEDAD FIGUEROA Y COMPAÑÍA LTDA.
Rol
O-6342-2021
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1,2,3,7,8,10,22,32,41,63,67,73,161 inciso primero, 162,163,168,172,173,420 y siguientes, todos del Código del Trabajo, se declara: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por doña PAOLA MARIANA RICHTER TAPIA, Rut 13.278.263-6, en contra de la demandada MARIA SOLEDAD FIGUEROA FERRARO, Rut 7.397.751-7, en cuanto se declara que entre las mismas partes existió una relación laboral que se extendió entre el 1 de agosto de 2015 y el 31 de marzo de 2021, fecha esta última en que la trabajadora fue despedida de manera injustificada y que además el despido es nulo y, en consecuencia, la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a) indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $514.125.- b) indemnización por 6 años de servicio, por la suma de $3.084.750.- c) recargo legal del 30% por $925.425.- d) feriado proporcional por la suma de $201.191.- e) saldo de feriado legal de 7 días por la suma de $100.595.- f) remuneraciones de los meses de noviembre y diciembre de 2020, enero, febrero y marzo de 2021, por la suma de $2.279.287.- g) las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido, esto es, desde el 31 de marzo de 2021 hasta su convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración de $514.125.- h) se ordena oficiar a la AFP HABITAT a fin de que inicien el cobro de las cotizaciones correspondientes al mes de noviembre y diciembre de 2020. II.-las sumas ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la demandada por no haber ejercido oposición. Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella conforme lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña MARITZA VASQUEZ DIAZ, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Fallo
se declara: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por doña PAOLA MARIANA RICHTER TAPIA, Rut 13.278.263-6, en contra de la demandada MARIA SOLEDAD FIGUEROA FERRARO, Rut 7.397.751-7, en cuanto se declara que entre las mismas partes existió una relación laboral que se extendió entre el 1 de agosto de 2015 y el 31 de marzo de 2021, fecha esta última en que la trabajadora fue despedida de manera injustificada y que además el despido es nulo y, en consecuencia, la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a) indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $514.125.- b) indemnización por 6 años de servicio, por la suma de $3.084.750.- c) recargo legal del 30% por $925.425.- d) feriado proporcional por la suma de $201.191.- e) saldo de feriado legal de 7 días por la suma de $100.595.- f) remuneraciones de los meses de noviembre y diciembre de 2020, enero, febrero y marzo de 2021, por la suma de $2.279.287.- g) las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido, esto es, desde el 31 de marzo de 2021 hasta su convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración de $514.125.- h) se ordena oficiar a la AFP HABITAT a fin de que inicien el cobro de las cotizaciones correspondientes al mes de noviembre y diciembre de 2020. II.-las sumas ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la demandada por no haber ejercido oposición. Eje
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28 DE MARZO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 18 VIRTUAL RUC 21-4-0365658-2 RIT O-6342-2021 MAGISTRADO MARITZA VASQUEZ DIAZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 11:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:00 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140365658-2-1349-220328-00 PAR
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