TEJADA/INMOBILIARIA TIEMPOS NUEVOS LIMITADA
Rol
O-4170-2021
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuestos en los artículos 1, 7, 162, 163, 168, 420, 425, 432, 453, 454, 456 a 459 del Código del Trabajo, 144 y 341 del Código de Procedimiento Civil, 1698 del Código Civil y demás normas legas vigentes, se declara: I. Que entre la demandante ROSEMARY TEJADA FARIA y la demandada INMOBILIARIA TIEMPOS NUEVOS LTDA. existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 01 de abril del año 2015 y su término el 09 de julio del año 2021. II. Que se acoge la demanda por el despido injustificado e indebido, por lo que la demandada deberá dar pago de los siguientes conceptos: A. $450.000.- indemnización sustitutiva de mes de aviso previo. B. $2.700.000.- indemnización por años de servicio. C. $315.000.- feriado legal D. $105.000.- feriado proporcional. E. $1.350.000.- 50% recargo legal. III. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. IV. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós.-
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuestos en los artículos 1, 7, 162, 163, 168, 420, 425, 432, 453, 454, 456 a 459 del Código del Trabajo, 144 y 341 del Código de Procedimiento Civil, 1698 del Código Civil y demás normas legas vigentes, se declara: I. Que entre la demandante ROSEMARY TEJADA FARIA y la demandada INMOBILIARIA TIEMPOS NUEVOS LTDA. existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 01 de abril del año 2015 y su término el 09 de julio del año 2021. II. Que se acoge la demanda por el despido injustificado e indebido, por lo que la demandada deberá dar pago de los siguientes conceptos: A. $450.000.- indemnización sustitutiva de mes de aviso previo. B. $2.700.000.- indemnización por años de servicio. C. $315.000.- feriado legal D. $105.000.- feriado proporcional. E. $1.350.000.- 50% recargo legal. III. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. IV. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28 DE MARZO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 (VIRTUAL) RUC 21-4-0347932-K RIT O-4170-2021 MAGISTRADA LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 12:40 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:53 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140347932-K-1349-2
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