ELVIS ANDRES QUECHUYANTE MILLAL C/ BRAYAN MICHAEL GAETE ALLENDES
Rol
O-210-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de su libelo acreditando el ilícito imputado así como la participación del acusado en el manejo bajo la influencia de estupefacientes, invocando a su respecto la circunstancia calificante del artículo 2 9 de la ley .29 . La Defensa por su parte, señaló que buscará colaborar con el tribunal para llegar a la convicción de un veredicto condenatorio, en tal sentido su representado siempre ha asumido su responsabilidad y ha cooperado en todo momento, posición que mantendrá en este juicio, prestando declaración para colaborar al esclarecimiento de los hechos, reservando sus alegaciones para una etapa posterior. CUARTO: Que, advertido el acusado sobre su derecho a guardar silencio, no se acogió al mismo y prestó declaración manifestando que el día de los hechos se dirigía hacia su domicilio ubicado en calle Amanecer del Boro pero antes fue fiscalizado por Carabineros, solicitándole su licencia de conducir, momento en que había estado fumando un cigarrillo de marihuana, contestándole que no tenía dicho documento, y como había consumido marihuana, le señalaron que iba a quedar citado (sic), y nunca le llegó citación. Acota que despedía olor a marihuana en aquel momento. A su defensor dijo que esto ocurrió el día 2 cuyo mes no recuerda, del año 2 9; explicando que transitaba en un Hyundai Avante, color blanco, que había comprado pero aún no había hecho la transferencia; acotando que el cigarrillo contenía unos , gramos aproximadamente de marihuana; agregando que no se opuso al procedimiento ni trató de huir del lugar. QUINTO: Que, con el fin de acreditar los supuestos fácticos de su acusación el Ministerio Público rindió la siguiente prueba: Dichos del funcionario de Carabineros, Darío Lepe Pinto, quien refirió que el 2 de julio (sic) de 2 9, cerca de las 9:2 horas, mientras efectuaban controles vehiculares en avenida El Boro con pasaje Amanecer de Alto Hospicio, procedieron a controlar un Hyundai Avante color blanco, y al bajar el vidrio el chofer, emanaba
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas, y lo dispuesto en los artículos , N° 9, 4 Nº , Nº , , 2 , 2 , , 49, , 7, 9 y 7 del Código Penal; artículos , 4 , 47, 29 , 29 , 297, 24, 2 y siguientes, 4 , 4 , 42, 4 y 4 del Código Procesal Penal; y artículos , 9 y 2 9 de la ley .29 ; se declara: I.- Se condena a BRAYAN MICHAEL GAETE ALLENDES, ya individualizado, por su responsabilidad como autor de conducción de vehículo bajo la influencia de estupefacientes, cometido en esta jurisdicción el 2 de mayo del año 2 9, a una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; a una multa a Código: DNEPXKZRHTC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl beneficio fiscal ascendente a Un tercio ( de Unidad Tributaria Mensual; eximiéndole de las costas de la causa. Asimismo, a la suspensión de la licencia de conducir por el lapso de 2 años. La multa impuesta, se le tendrá por solucionada con el día que estuvo detenido con motivo de esta causa. II.- No reuniéndose en favor del sentenciado los requisitos previstos en la ley .2 , la pena corporal impuesta no le será sustituida por alguna de las sanciones que dicho cuerpo legal contempla, por lo que será de cumplimiento efectivo. Se deja constancia que no existe abono de tiempo que considerar en su favor, conforme se desprende del auto de apertura. Regístrese y comuníquese.
Texto Completo (Preview)
C/ BRAYAN MICHAEL GAETE ALLENDES DELITO : CONDUCCION BAJO INFLUENCIA DE ESTUPEFACIENTES ROL ÚNICO: Nº - ROL INTERNO: Nº - Iquique, cinco de diciembre del año dos mil veintitrés. CON LO PRESENCIADO EN EL JUICIO ORAL: PRIMERO: Que el día 27 de diciembre del año en curso, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces Sres. Juan Pozo Araya, Rodrigo Villar Bustamante
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