Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MARÍA JOSÉ LÓPEZ DURÁN

Rol

O-248-2023

Fecha

4 de diciembre de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y demás contenido de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El día 24 de mayo de 2023 aproximadamente a las 18:45 horas los acusados María López Duran y Sebastián Muñoz Bórquez interceptaron a la víctima doña Andrea Baeza Baeza en Avenida Libertad de la ciudad de Chillán, donde la acusada López Duran la toma del cuello y le grita “pásame el celular o si no te voy a disparar con mi pistola”, produciéndose un forcejeo donde la victima cae al suelo y la acusada trata de quitarle la cartela, en ese momento el acusado Muñoz Bórquez simulando tener una pistola en su bolsillo le señala que entregara el teléfono sino le dispararía, siendo la victima auxiliada por transeúntes del lugar huyendo ambos acusados sin lograr sustraer especies. Producto de estos hechos la victima resulto con lesiones de carácter leve consistentes Código: YWMVXKVNZWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Chillán 2 en herida superficial de cuarto dedo sin sangrado activo de 1 centímetro, movilidad de muñeca con limitación por dolor con deformidad, dolor en brazo y pierna.” (sic). A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos resultan constitutivos del delito frustrado de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación al artículo 432, del Código Penal, en el que atribuye a los acusados participación en calidad de autores, conforme al artículo 15 Nº1 del mismo cuerpo legal. Considera que favorece a ambos encartados la minorante del artículo 11 Nº6 del Código Penal y que les afecta la circunstancia agravante del artículo 449 bis del mismo cuerpo legal y solicita para cada uno de los acusados, la aplicación de una pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, inclusión de huella genética, más las accesorias legales que correspondan y las costas de la causa. TERCERO: En su alegato de apertura el ente persecutor adelantó que depondrá la

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, presidida por el Magistrado Juan Pablo Lagos Ortega e integrada además por los Magistrados Rosa Caballero Burgos y Ricardo Piña Vallejos, con fecha 29 de noviembre de 2023 se llevó a cabo la audiencia de juicio oral de la causa RIT 248-2023, RUC 2300568118-9, seguida en contra de MARÍA JOSÉ LÓPEZ DURÁN, cédula de identidad N°20.226.872-2, chilena, labores de casa, soltera, nacida el 25 de noviembre de 1999, 24 años, con domicilio en Quilelto con Cuadrapangue, Pasaje Los Lilios, Parcela 7, comuna de San Carlos, representada por el defensor penal público Nicolás Castillo Cruz, con domicilio y forma de notificación registrados en la causa, y en contra de SEBASTIÁN ANDRÉS MUÑOZ BORQUEZ, cédula de identidad N°20.866.570-7, chileno, estudiante, soltero, nacido el 25 de marzo de 2002, 22 años, con domicilio en Pasaje 1 Norte N°849, Población Vicente Pérez Rosales, Chillán, representado por el defensor penal público Antonio Guerra Sepúlveda, con domicilio y forma de notificación igualmente registrados. Sostuvo la acusación el ministerio público, representado por la fiscal adjunta Johanna Irribarra Alarcón, domiciliado en Avenida O’Higgins Nº180, Chillán. SEGUNDO: Los hechos y demás contenido de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El día 24 de mayo de 2023 aproximadamente a las 18:45 horas los acusados María López Duran y Sebastián Muñoz Bórquez interceptaron a la víctima doña Andrea Baeza Baeza en Avenida Libertad de la ciudad de Chillán, donde la acusada López Duran la toma del cuello y le grita “pásame el celular o si no te voy a disparar con mi pistola”, produciéndose un forcejeo donde la victima cae al suelo y la acusada trata de quitarle la cartela, en ese momento el acusado Muñoz Bórquez simulando tener una pistola en su bolsillo le señala que entregara el teléfono sino le dispararía, siendo la victima auxiliada por transeúntes del lugar huyendo ambos acusados sin lograr sustraer especies. Producto de estos hechos la victima resulto con lesiones de carácter leve consistentes Código: YWMVXKVNZWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Chillán 2 en herida superficial de cuarto dedo sin sangrado activo de 1 centímetro, movilidad de muñeca con limitación por dolor con deformidad, dolor en brazo y pierna.” (sic). A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos resultan constitutivos del delito frustrado de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación al artículo 432, del Código Penal, en el que atribuye a los acusados participación en calidad de autores, conforme al artículo 15 Nº1 del mismo cuerpo legal. Considera que favorece a ambos encartados la minorante del artículo 11 Nº6 del Código Penal y que les afecta la circunstancia agravante del artículo 449 bis del mismo cuerpo legal y solicita para cada uno de lo

Fallo

por tanto forcejear, y en ese momento la mujer comienza a decir que ella le había robado su cartera; agrega que la mujer igual le comenzó a decir de primera que entregara la cartera, que si no le iba a disparar y después dio vuelta la versión para que la gente que estaba ahí creyera que había sido ella la que le había robado la cartera; dice que en ese momento que estában en el suelo ella se paró y que la gente que llegó ahí le decía que corriera, y ella a lo único que atinó fue a entrar a un Código: YWMVXKVNZWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Chillán 9 restorán que hay ahí, que se llama Sacha y que personas que estaban ahí le prestaron ayuda, le sirvieron un vaso con agua y la tranquilizaron un poco; que en ese momento llegó una niña pequeña que entró en pánico, se puso a llorar y le dice que su mano estaba sangrando, ella trató de tranquilizar a la niña, miró por el ventanal y ellos seguían discutiendo con la persona extranjera que la había defendido y con la gente que estaba en la calle; las personas del Sacha llamaron a carabineros, ella estaba muy choqueada, llegó carabineros, subió a su carro para ir en busca de estas personas que la habían tratado de asaltar, dieron varias vueltas por las calles de Chillán hasta llegar a la Plaza de Armas y desde lejos los pudo identificar por como ellos caminaban. Luego se los llevaron y la llevaron a ella a constat

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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Chillán 1 MINISTERIO PÚBLICO C/ MARÍA JOSÉ LÓPEZ DURÁN SEBASTIÁN ANDRÉS MUÑOZ BORQUEZ DELITO: ROBO CON VIOLENCIA RUC 2300568118-9 RIT 248-2023 Chillán, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, presidida por el Magistrado Juan Pablo Lago

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