ROJAS/
Rol
V-74-2020
Fecha
14 de diciembre de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece do a Ana Catherina Villaseca Salas, abogado, en representaci n de do añ ó ñ Silvia del Pilar Rojas Illanes, jubilada y de don H ctor Ra l Rojas Illanes, jubilado, todosé ú domiciliados en calle Norte n 520 de la comuna de Talca, quien solicita autorizaci n para° ó enajenar inmueble respecto de la persona que indica. Indica que sus representados son curadores de do a ñ A da Elena Rojas Illanesí , quien fue declarada interdicta por demencia, conforme sentencia inscrita en registro respectivo a fojas 5768.571 n 5409 del a o 2019 del Conservador de Bienes Ra ces de Talca y es due a de la° ñ í ñ propiedad reinscrita a fojas 10459 vta n mero 9615 del Registro de Propiedad del Conservadorú de Bienes Ra ces de San Miguel correspondiente al a o 2020, ubicada en pasaje Alejandroí ñ Cicarelli N 688 de la comuna de El Bosque.º Dice que en la actualidad existe un comprador interesado en el inmueble ya singularizado y en la actualidad, es de suma utilidad y urgencia que la propiedad de la persona interdicta se enajene, toda vez que a la fecha no est siendo utilizada f sicamente por su due a,á í ñ quien desde el a o 2018 se encuentra viviendo en un hogar de ancianos ubicado en la ciudad deñ Talca. Para dar cuenta de la necesidad de enajenar el inmueble, indica que la sra. Rojas Illanes durante toda su vida vivi en forma independiente en aqu l, no obstante en el a o 2018, comoó é ñ consecuencia de la enfermedad de alzheimer que le fue diagnosticada, tuvo que ser trasladada a vivir con sus hermanos a la ciudad de Talca, quienes intentaron durante poco m s de un mesá cuidarla y vivir con ella, sin embargo, en consideraci n que pese a que todos sus hermanos seó preocupan por ella, ellos a su vez son personas de la tercera edad cuya salud les hace imposible cuidar personalmente a do a A da Rojas, por lo que entre todos tomaron la decisi n de que loñ í ó mejor para ella era que sus ahorros fuesen destinados al pago de un lugar en donde le pudieren proporcionar una mej
Fundamentos
Considerando: Primero: Que en m rito de los documentos acompa ados en autos, ha resultadoé ñ acreditado que do a ñ A da Elena Rojas Illanesí , es poseedora, inscrita fojas 10459 vta n 9615° del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel de 2020, de la propiedad ubicada en pasajeí Alejandro Cicarelli n 688 de la comuna de El Bosque, lote y casa n mero cuarenta y dos del° ú sector J del plano respectivo, que deslinda: al Norte, con lote treinta y uno, de sector J.; al Sur, con Alejandro Cicarelli; al Oriente, con lote cuarenta y uno, del sector J, y al Poniente, con lote cuarenta y tres del sector J. Tambi n, se ha demostrado que é A da Elena Rojas Illanesí fue declarada interdicta por causa de demencia y los solicitantes, designados como curadores definitivos de la misma. Segundo: Que en m rito de la prueba documental rendida, por tener correspondenciaé con la normalidad de los hechos, se prueba que la permanencia de do a A da Elena Rojasñ í Illanes irroga un gasto mensual, que al menos es de $630.000 por concepto de pago de estad a– í en centro de adulto mayor- y que para asegurar los fondos para continuar pagando ese gasto, es de utilidad que se enajene el bien ra z del cual es due a y en el que no habita, m xime si elí ñ á precio que se indica ofrecido, supera su aval o fiscal. ú Tercero: Que, conforme lo razonado, en m rito de las probanzas allegadas a autos y loé informado por el Defensor P blico, se ha acreditado la reuni n copulativa de todos los requisitosú ó que hacen procedente la autorizaci n judicial supletoria que se establece en el art culo 393 deló í C digo Civil, por lo que se acceder a la petici n conforme se dispondr en lo resolutivo, sinó á ó á perjuicio de lo cual y a fin que la utilidad en la enajenaci n sea efectiva, se condicionar ella aó á un precio m nimo de venta del inmueble que no podr ser inferior a la suma de $40.000.000í á (cuarenta millones de pesos) para el total del inmueble, la que, adem s, no podr producirse sinoá á dentro de un a oñ contado desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada y en p blicaú subasta debiendo los peticionarios acompa ar a los autos las bases del respectivo remate, queñ deber n ser aprobadas por la justicia de conformidad a derecho. á Por las consideraciones anotadas y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 817, 818,á í 819, 824, 826, 891 del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve:ó Que se hace lugar a lo solicitado y se autoriza a do a Silvia del Pilar Rojas Illanes y añ don H ctor Ra l Rojas Illanes, como curadores de do a A da Elena Rojas Illanes, para queé ú ñ í RIT« » Foja: 1 actuando por s y en su car cter de curadores de la misma, enajenen en p blica subasta dentroí á ú del plazo referido en el motivo tercero, la propiedad ubicada en pasaje Alejandro Cicarelli n 688° de la comuna de El Bosque, lote y casa n mero cuarenta y dos del sector J del plano respectivo,ú que deslinda: al Norte, con lote treinta y uno, de sector J.; al Sur, con Alejandro Cicarelli; al Oriente, con lote cuarenta y uno, del sector J, y al Poniente, con lote cuarenta y tres del sector J., rol de aval o 15728-19 y que se encuentra propiedad reinscrita a fojas 10459 vta n meroú ú 9615 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguelí correspondiente al a o 2020, en un precio no inferior a $40.000.000 (cuarenta millones deñ pesos), pagaderos estrictamente al contado y de acuerdo a las bases de remate que el tribunal apruebe en su oportunidad. Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í Dictada por do a Katherine Grace Campbell Espinosa, juez suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, catorce de Diciembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A c
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-74-2020 CARATULADO : ROJAS/ San Miguel, catorce de Diciembre de dos mil veinte Vistos: Comparece do a Ana Catherina Villaseca Salas, abogado, en representaci n de do añ ó ñ Silvia del Pilar Rojas Illanes, jubilada y de don H ctor Ra l Rojas Illanes, jubilado, todosé ú domiciliados en calle Norte n
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