BENJAMIN GUILLERMO SCHMIDT KOCH C/ RIGOBERTO ANTONIO ORELLANA BUGUEÑO
Rol
O-673-2023
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
OTRAS INFRACCIONES LEY 18.892 DE PESCA
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 28 de agosto de 2023 a las 15:50 horas aproximadamente, personal de la armada de Chile realizaba patrullajes de fiscalización pesquera en la unidad marítima PM250 por el sector conocido como punta alcalde, en dicho lugar se percatan de la presencia de un bote a motor color amarillo que se dirigía a la costa el cual era tripulado por los requeridos RIGOBERTO ANTONIO ORELLANA BUGUEÑO y JORDAN ALEX SAAVEDRA FERNANDEZ, al ser fiscalizado el bote cuyo nombre era “ANDREA” se percatan que en su interior llevaban consigo un total de 5,45 kilos sin concha del producto en veda conocido como “concholepas y un total de 696 unidades con concha del mismo producto cuyo peso correspondía a un total de 95,95 kilos. A raíz de este procedimiento fueron regresadas al amar 95.95 kilos de concholepas con concha y el restante 5,45 kilos concholepas sin concha fueron decomisadas y destruidas. SE DECLARA: I. Que se condena a JORDAN ALEX SAAVEDRA FERNANDEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de TRANSPORTE DE PRODUCTOS HIDROBIOLÓGICOS EN VEDA, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Huasco, a la pena de CUARENTA Y UN DIA (41) PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Pena sustitutiva de la Reclusión parcial nocturna domiciliaria en su domicilio de Calle Quidora N° 555, Huasco., entre las 22:00 horas de cada día y las 6:00 horas del día siguiente a partir de la fecha que se informe la efectiva implementación del sistema de monitoreo telemático por Código: PEFBXKTBXEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl parte de Gendarmería de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del reglamento de Monitoreo Telemático. Hasta antes del 15 de diciembre de 2023 el penado tiene plazo para presentarse en el Centro de Reinserción Social de Vallenar. Si no contara con e
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a JORDAN ALEX SAAVEDRA FERNANDEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de TRANSPORTE DE PRODUCTOS HIDROBIOLÓGICOS EN VEDA, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Huasco, a la pena de CUARENTA Y UN DIA (41) PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Pena sustitutiva de la Reclusión parcial nocturna domiciliaria en su domicilio de Calle Quidora N° 555, Huasco., entre las 22:00 horas de cada día y las 6:00 horas del día siguiente a partir de la fecha que se informe la efectiva implementación del sistema de monitoreo telemático por Código: PEFBXKTBXEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl parte de Gendarmería de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del reglamento de Monitoreo Telemático. Hasta antes del 15 de diciembre de 2023 el penado tiene plazo para presentarse en el Centro de Reinserción Social de Vallenar. Si no contara con el informe de monitoreo telemático o si fuere negativo, el cumplimiento deberá realizarse en sede penitenciaria. Si el imputado no se presenta al Centro de Reinserción Si el imputado no se presenta al Centro de Reinserción Social de Vallenar podrá fijarse una fecha para discutir derechamente el quebrantamiento de la pena sustitutiva. Mismo plazo tendrá la Defensa para acompañar informe de factibil
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Freirina., veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. MAGISTRADO: PABLO MATÍAS RODRÍGUEZ BUSTOS RUC: 2300944298-7 RIT: 673 - 2023 IMPUTADO: JORDAN ALEX SAAVEDRA FERNANDEZ C.I. 17.241.670-5 FECHA DE NAC. 21-10-1989 DIRECCION Quidora 555 COMUN A: Huasco DELITO Transporte de prod
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