1º Juzgado de Letras de la Serena

SALAMANCA/

Rol

V-244-2019

Fecha

11 de diciembre de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

FOJA: 13 .-trece.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-244-2019 CARATULADO : SALAMANCA/ La Serena, once de diciembre de dos mil veinte. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 18 de diciembre de 2019, don Raúl Pedro Salamanca Carvajal, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.639.515-0, domiciliado en Matta N° 288, La Serena, en representación de INVERSIONES MINERAS SpA., también MINING DEVELOPMENT INVESTING SpA., sociedad del giro de su denominación, RUT. 76.474.166-8, de su mismo domicilio, solicitó la concesión de exploración denominada “MANGO 2”, con una superficie total de 300 hectáreas. 2°.- Que con fecha 26 de diciembre de 2019, se inscribió el pedimento a fojas 1108 Nº 396, Repertorio fojas 136 N° 1202, del Registro de Descubrimientos de Minas de La Serena, año 2019. 3º.- Que con fecha 16 de enero de 2020, se publicó el pedimento en el Diario Oficial, Boletín Oficial de Minería. 4º.- Que con fecha 03 de marzo de 2020, el peticionario solicitó que se dictara sentencia constitutiva en estos autos, indicando que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices de la concesión de exploración son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.727.500,00 287.000,00 V-1 6.729.000,00 286.500,00 V-2 6.729.000,00 287.500,00 V-3 6.726.000,00 287.500,00 V-4 6.726.000,00 286.500,00 5°.- Que mediante ORD. Nº 2492, de fecha 26 de noviembre de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano del referido pedimento, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de dicho pedimento, se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal debe pronunciarse, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. SEGUNDO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas en tiempo y forma. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en los artículos 57, 86 y 87 del Código de Minería, existiendo Informe Técnico favorable y no habiéndose deducido oposición, procede declarar constituida la concesión de exploración solicitada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 56, 57, 86 y 87 del Código de Minería y 817, del Código de Procedimiento Civil, SE APRUEBA EL PLANO Y

Fallo

SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESION DE EXPLORACION DENOMINADA “MANGO 2”, Rol Nacional 04102-4116-1, con una superficie de 300 hectáreas, ubicadas en la Cuarta Región de Coquimbo, Provincia de Elqui, comuna de La Higuera, a favor de INVERSIONES MINERAS SpA, también MINING DEVELOPMENT INVESTING SpA, representada por don Raúl Pedro Salamanca Carvajal, ambos ya individualizados en autos. Inscríbase copia autorizada de la presente sentencia en el Conservador de Minas de esta ciudad y archívese copia del plano correspondiente. Remítase el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería, conjuntamente con copia autorizada de la presente resolución. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V 244-2019. Dictada por doña INGRID MARLENE EBNER ROJAS, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, once de diciembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hor

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FOJA: 13 .-trece.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-244-2019 CARATULADO : SALAMANCA/ La Serena, once de diciembre de dos mil veinte. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 18 de diciembre de 2019, don Raúl Pedro Salamanca Carvajal, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.639.515-0, domiciliado en Matta N° 2

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