Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

SALAZAR/CONSTRUCCION DE OBRAS MENORES MIGUEL OLIVA JAMES EIRL

Rol

O-556-2019

Fecha

25 de marzo de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO. Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 19- 4-0221469-7; RIT N° O-556-2019; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Ordinario, como demandante don Claudio Enrique Salazar Godoy, cédula de identidad N° 14.552.910-7, Maestro Gasfíter, domiciliado en Villa Bicentenario, 23 Norte B, N°3613, comuna de Talca, asistido en audiencia por los abogados doña Lucía Valentina María Tejos Ramírez y don Jhon Alejandro San Martín Jara y como demandado Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L., Rut. N° 76.028.852-7, Constructora, representada legalmente por don Miguel Oliva James, cédula de identidad N° N°9.595.507-K, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en calle los Abedules, N°939, Collao, comuna de Concepción; y solidaria o subsidiariamente, en contra de Constructora Independencia S.A., Rut. N°76.722.370-6, del giro de su denominación, representada legalmente por don Ángel Bartolome Cecchi, cédula de identidad N°10.093.510-4, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en calle 30 Oriente, N°1528, comuna de Talca, quienes no comparecieron a las audiencias respectivas, y en contra de Constructora Nuevos Aires S.A., Rut. N°76.081.795-3, del giro de su denominación, representada legalmente por don Héctor Manuel Hernández de la Fuente, cédula de identidad N° N°8.727.525-6, ignoro profesión u oficio, o quien haga sus veces, ambos domiciliados para estos efectos en calle 2 Sur, N°621, comuna de Talca, asistidos en audiencia por el abogado don Cristian Andrés Assadi Cubillos. SEGUNDO. La demanda, sus pretensiones, síntesis de los hechos y de los argumentos de Derecho en que se apoya. Pretensión del actor. Pide concretamente se declare que su relación laboral habida con la demandada Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L., se extendió ininterrumpidamente desde el 24 de enero de 2018 hasta el 30 de julio de 2019 y que su ex empleadora tenía la calidad de contratista

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 432, 446, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE ACOGE PARCIALMENTE la demanda deducida por don Claudio Enrique Salazar Godoy, sólo en contra de Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L., y se rechaza respecto de las demandadas Constructora Independencia S.A, y la demandada Constructora Nuevos Aires S.A todos ya individualizados y en consecuencia: I.- Se declara que entre el actor y la demandada Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L existió un contrato de trabajo ininterrumpido desde el 24 de enero de 2018 hasta el 30 de julio de 2019, y que la última remuneración del actor era la suma de $778.917. II.- Se declara que el despido del actor ocurrido el 30 de julio de 2019, fue injustificado por carecer de causa legal y, en consecuencia la demandada Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L deberá pagar al actor las siguientes indemnizaciones y recargos: a.- $778.917 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b.- $1.557.835 por concepto de indemnización por años de servicios. c.- $778.917 por concepto de recargo legal. III.- Que el despido del actor ocurrido el 30 de julio de 2019 no produce el efecto de poner término al contrato de trabajo y, en consecuencia, la demandada Miguel Oliva James Cinco M E.I.R.L deberá pagar al actor las remuneraciones y demás prestaciones del contrato entre la fecha del despido y la fecha de convalidación legal del mismo sobre la base de

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SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y PREVISIONALES. DEMANDANTE: CLAUDIO ENRIQUE SALAZAR GODOY DEMANDADOS: MIGUEL OLIVA JAMES CINCO M E.I.R.L.; CONSTRUCTORA INDEPENDENCIA S.A. Y CONSTRUCTORA NUEVOS AIRES S.A. RIT N° O-556-2019 RUC N° 19- 4-0221469-7 Talca, a veinticinco de marzo de dos mil veintidós VISTO: PRIMERO. Individualización

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