MP C/ JUAN PABLO GUÍÑEZ YÁÑEZ
Rol
O-1828-2022
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 10 de Septiembre del año 2022 alrededor de las 18:40 horas, en circunstancias que personal de Carabineros efectuaba un patrullaje preventivo, recepcionaron un comunicado radial donde se hacía mención que por Avenida 3 Poniente en dirección al norte, en la comuna de Melipilla, se movilizaba un automóvil marca Audi, modelo A3, de color Gris, año 2004, placa patente única XD-2126, el cual, verificado los antecedentes, mantenía encargo vigente por el delito de robo de vehículo motorizado. Motivo por el cual se concurrió en forma inmediata al lugar y en calle Libertad en dirección al poniente y al llegar a intersección de Lorgio Dañobeitia Humeres, de la comuna de Melipilla, se encontraba dicho vehículo, procediendo de forma inmediata a fiscalizarlo, percatándose que era conducido por el imputado JUAN PABLO GUIÑEZ YAÑEZ y acompañado por otro sujeto. Posteriormente, en la unidad verificando por intermedio de la página de encargo y búsqueda de vehículos de la SIP, que este registra encargo vigente por el delito de robo de vehículo motorizado de fecha 08 de Septiembre de 2022, sabiendo el imputado o no pudiendo menos que saber el origen ilícito de este vehículo. Circunstancias modificatorias: Que favorece al requerido la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista de los artículos 11 N° 9 del Código Penal, reconocido por el señor fiscal, solicitando el ente persecutor la rebaja en un grado de la pena por aplicación del artículo 407 del Código Procesal Penal. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 15, 25, 50, 67, 70, y 456 bis A, Código Penal; artículos, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a JUAN PABLO GUÍÑEZ YÁÑEZ, cédula de identidad N° 0018625214-4, ya individualizado, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A, del Código Penal, cometido el día 10 de septiembre de 2022, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su g
Fallo
se declara: I.- Que se condena a JUAN PABLO GUÍÑEZ YÁÑEZ, cédula de identidad N° 0018625214-4, ya individualizado, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A, del Código Penal, cometido el día 10 de septiembre de 2022, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 UTM, mas suspensión de cargo u oficio público durante la condena. II.- Que, atendido el extracto de filiación del imputado no se otorgará pena sustitutiva. III.- Se exime del pago de las costas, atendido que aceptó responsabilidad en el procedimiento simplificado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2200893582-7 RIT N° 1828-2022 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: DXPPXJBYYXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: DXPPXJBYYXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-01T08:58:01-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2200893582-7 RIT: 1828-2022 IMPUTADO : JUAN PABLO GUÍÑEZ YÁÑEZ C.I. : 0018625214-4 FECHA DE NAC.: 15-07-1994 DIRECCION: Sector HUILCO ALTO LOS OLMOS Nº 2371 COMUNA: Melipilla. Hechos: El día 10 de Septiembre del año 2022 alrede
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