Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PUBLICO TOCOPILLA C/ JAQUELINE HURTADO OROBIO

Rol

O-751-2023

Fecha

28 de noviembre de 2023

Materia

OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha veintitrés del presente mes y año, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 751-2023 RUC 2300396261-K, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por la Jueza Presidenta Marcela Mesías Toro e integrada por los magistrados Hans Durán Vásquez (D) y María Isabel Rojas Medar, compareciendo a través de la plataforma Zoom, el Fiscal Andrés Godoy Rojas, el Defensor Penal Licitado Juan Luis Montenegro Alegre y la acusada Jaqueline Hurtado Orobio, colombiana, cédula nacional de identidad para extranjeros 25.708.163-K, nacida el 26 de febrero de 1985, 38 años, soltera, oficios varios, sin domicilio en esta ciudad y para los efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal fija el de su abogado, de calle Colón 1340 Tocopilla. SEGUNDO: Hechos y circunstancias imputadas. Los hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Garantía de Tocopilla, son los siguientes: Código: XTXCXJXZXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 “El día 11 de abril del año 2023, alrededor de las 11:00 horas, personal de carabineros de la Cuarta Comisaría de Tocopilla, se encontraban efectuando patrullajes preventivos por el sector céntrico de la comuna, procediendo a efectuar un control de identidad preventivo a una mujer que se encontraba sentada en Avenida Arturo Prat con calle Manuel Rodríguez de Tocopilla, con cuatro mochilas y dos maletas, la que posteriormente fue identificada como la imputada JAQUELINE HURTADO OROBIO, solicitándole algún documento legal que acredite su identidad, expresando no mantener ningún tipo de documento, manifestando llamarse en primera instancia “Paola”, para luego manifestar llamarse María Fernanda Viveros González, solicitándole el número de su cédula de identidad, respondiendo que la desconocía, por lo que intentan nuevamente obtener su identificac

Fundamentos

fundamentos y se expondrán en el desarrollo de la sentencia. Por su parte, la Defensa en lo medular planteó una tesis colaborativa, instando por el reconocimiento de circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y la aplicación de penas inferiores a las requeridas y la sustitución de la pena privativa Código: XTXCXJXZXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 de libertad, fundamentos que se repoducirán al abordar dichos tópicos. CUARTO: Acusada. La imputada Jaqueline Hurtado Orobio renunció a su derecho a guardar silencio y como un medio de defensa declaró en el juicio. En lo fundamental admitió que sabía de la droga que se incautó. Declaró espontáneamente que vivía en Rancagua y una amiga le propuso que viajara con ella para llevar droga, ayudándole con las maletas, aceptó porque no tenía dinero y quería traer a su hija desde Colombia por la violencia en ese país. Dijo que su amiga tenía los contactos de la persona de la droga, viajaron a Santiago y luego a Iquique se quedaron tres días en un hotel porque no les pasaban la droga. Señaló que para regresar se le pagó a un taxista 100 mil pesos para que las llevara hasta el Loa, por la noche pasaron por la playa, se quedaron durmiendo en las rocas, como las 3 de la madruga y a las 6 caminaron hasta que un camión grande accedió a llevarlas hasta Tocopilla, las dejó cerca del terminal. Agregó que, como tenía mucha hambre su amiga fue a comprar comida porque ésta tenía la plata, le pasó una empanada que compró en el terminal y se sentó a comérsela en una banca, mientras su amiga fue a coger un taxi para movilizarse, estaba nerviosa, la esperó con dos maletas y dos mochilas, estando ahí se acercaron dos Carabineros y le consultaron hacia donde se dirigía, indicándole que iba a Santiago, le consultaron si tenía algún inconveniente que se revisaran los bultos, su amiga que estaba mirando al ver a Código: XTXCXJXZXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 los Carabineros se fue en un taxi, les dijo a éstos que ésta era la dueña de las maletas, pero ya era muy tarde, la detuvieron porque al abrir la maleta vieron la droga, esto sucedió el 11 de abril del 2023 como las 10:20 o 10:30 de la mañana, por la calle Arturo Prat cerca del terminal. Contestó que les dijo que se llamaba Paola porque todos la conocían así, luego, cuando la llevaron al otro lado les indicó que se llamada María Fernanda Viveros, pero despúes una señorita le explicó que no ocultara su identidad, por lo que le dijo su nombre real. Añadió que autorizó que revisaran su teléfono porque no tenía nada que ver con los dueños de la droga, ya que quien tenía los contactos era su amiga. Respondió que a los Carabineros no les dijo de su amiga, ni les dio el nombre. Puntualizó que por el transporte de droga le pagarían por 300 mil y si todo salía bien y llegaban a Santiago con la mercancía, serían 400 mil po

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 28, 31, 49, 50, 68, 69, 70 y 496 N° 5 del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 y demás pertinentes de la Ley 20.000; Ley 19.970, Ley 18.566; SE DECLARA: I.- Se CONDENA a la acusada JAQUELINE HURTADO OROBIO, ya individualizada, a la pena de CINCO (5) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, perpetrado el 11 de abril de 2023 en esta jurisdicción. Asimismo, se le condena al pago de una multa ascendente a cuarenta (40) unidades tributarias mensuales (UTM), autorizándose su pago en diez cuotas iguales y sucesivas, de 4 UTM cada una, a contar del mes que esta sentencia quede ejecutoriada. De no pagar Código: XTXCXJXZXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22 la multa ni realizar los trabajos comunitarios, se deberá proceder conforme lo dispone el artículo 49 del Código Penal. II.- Se CONDENA a la acusada JAQUELINE HURTADO OROBIO, ya individualizada, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autora de la falta de ocultación

Texto Completo (Preview)

1 RIT N°: 751-2023 RUC N°: 2300396261-K DELITOS: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS – OCULTACIÓN DE IDENTIDAD IMPUTADA: JAQUELINE HURTADO OROBIO DEFENSOR: JUAN LUIS MONTENEGRO ALEGRE FISCAL: ANDRÉS GODOY ROJAS Antofagasta, veintiocho de noviembre de de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha veintitrés del presente mes y año, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica