MINISTERIO PÚBLICO C/ JOSÉ RODRIGO ACUÑA MEZA
Rol
O-801-2023
Fecha
16 de noviembre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 11 N°6, 14, 15 Nº 1, 49, 50, 67, del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 110 y 196 de la Ley N° 18290; 4 y siguientes de la Ley N° 18216, 600 del Código orgánico de Tribunales y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don JOSÉ RODRIGO ACUÑA MEZA RUN N°15507890-1, EN LO DE MÁS YA INDIVIDUALIZADO, por su responsabilidad como autor de delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 Y 110 de la Ley N° 18290, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 09 DE SEPTIEMBRE DE 2023, a las siguientes penas: A la pena de 41 días de PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1/3 de UTM en moneda legal vigente a la fecha del pago, pago que se tiene por cumplido por el día que estuvo privado de libertad en calidad de detenido en estos autos, y pena DE SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR por dos años, A CONTAR DEL 04 DE FEBRERO DE 2024. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio ubicado en Curacautín , esto es CDP de Curacautín, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al CDP de Gendarmería de Chile, de Curacautín , dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 11 N°6, 14, 15 Nº 1, 49, 50, 67, del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 110 y 196 de la Ley N° 18290; 4 y siguientes de la Ley N° 18216, 600 del Código orgánico de Tribunales y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don JOSÉ RODRIGO ACUÑA MEZA RUN N°15507890-1, EN LO DE MÁS YA INDIVIDUALIZADO, por su responsabilidad como autor de delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 Y 110 de la Ley N° 18290, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 09 DE SEPTIEMBRE DE 2023, a las siguientes penas: A la pena de 41 días de PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1/3 de UTM en moneda legal vigente a la fecha del pago, pago que se tiene por cumplido por el día que estuvo privado de libertad en calidad de detenido en estos autos, y pena DE SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR por dos años, A CONTAR DEL 04 DE FEBRERO DE 2024. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio ubicado en Curacautín ,
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Individualización de Audiencia de susp. cond. Procedimiento. Fecha Curacautín., dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés Magistrado MARCELA BLEY VALENZUELA Fiscal IVÁN RODOLFO ISLA AMARO Defensor MARCELA ELIZABETH BUSTOS GONZÁLEZ Hora inicio 12:16PM Hora termino 12:38PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin. Acta C.B RUC 2310050778-1 RIT 801 - 2023 Actuaciones efectu
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