Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ DIEGO ARMANDO GUTIÉRREZ RAMOS

Rol

O-888-2021

Fecha

15 de noviembre de 2023

Materia

FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Con fecha 10 de marzo de 2021, en medio de la contingencia Covid 19 y estando con Toque de queda, decretado por la autoridad sanitaria y debidamente comunicado, aproximadamente a las 02:55 horas, el requerido Diego Armando Gutiérrez Ramos, se encontraba junto con Soledad del Carmen Peña Vargas, en el automóvil Chevrolet Optra PPU BXXF.22, conducido por un tercero en la estación de Servicio Shell, ubicada en calle 21 de Mayo esquina con calle José Manuel Balmaceda de Punta Arenas. Lugar en que fueron controlados por funcionarios de Carabineros en servicio activo de control de toque de queda. Los funcionarios que adoptaron el procedimiento constataron que los requeridos no contaban con salvoconducto, permiso, ni autorización alguna para circular en la vía pública, por lo que se dispusieron a tomar detenidos a los imputados. Durante el procedimiento, los imputados opusieron resistencia activa, intentando evadir la detención usando la fuerza, durante el forcejeo el imputado Diego Armando Gutiérrez Ramos gritó serias amenazas al Cabo 2° Pablo Tenorio Almonacid, como “Paco culiao, donde te vea te voy a sacar la chucha, esto es chico” entre otras grocerias. Amenazas que causaron temor en el funcionario público dado el contexto y la violenta personalidad del imputado, lo considera capaz de cumplirlas. Hago presente que aprovechando la situación, el conductor del vehículo para darse a la fuga del sitio del suceso, sin lograr ser detenido”. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, quince de noviembre de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 n° 1, 15 n° 1, 21, 25, 30, 60, 70, 495 n° 4 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: Código: VXTVXJPXKGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.-

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 n° 1, 15 n° 1, 21, 25, 30, 60, 70, 495 n° 4 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: Código: VXTVXJPXKGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a DIEGO ARMANDO GUTIERREZ RAMOS, cédula de identidad N° 16.437.364-9, a cumplir la sanción de MULTA ASCENDENTE A UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor de la falta, previsto y sancionado en el artículo 495 n° 4 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado y que fue perpetrada en esta ciudad el día 10 de marzo de 2021, en perjuicio de Pablo Tenorio Almonacid. II.- Atendido lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspenden los efectos de la sanción antes impuesta por el plazo de 6 meses, en este sentido se aclara que el imputado no deberá pagar la multa, salvo que durante este periodo vuelva a presentarse un requerimiento en procedimiento simplificado o una formalización de la investigación en su contra y en ese caso se dejará sin efecto esta suspensión continuando la tramitación de la causa conforme a ello. III.- En caso que el imputado incurra en el apercibimiento legal antes referido, se concederá al sentenciado el plazo de 2 meses para proceder al pago de la multa y apercibiendo desde ya que el no pago oportuno de aquella habilitará al Tribunal para su inmediata conversión por

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Sentencia: Contra: DIEGO ARMANDO GUTIERREZ RAMOS, cédula de identidad N° 16.437.364-9, domiciliado en Pasaje Manuel Robles N° 29, Comuna de Punta Arenas; Celular 940541310. Hechos: “Con fecha 10 de marzo de 2021, en medio de la contingencia Covid 19 y estando con Toque de queda, decretado por la autoridad sanitaria y debidamente comunicado, aproximadamente a las 02:55 horas, el requerido Diego Ar

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