MP C/ SERGIO ALEJANDRO GONZÁLEZ GALINDO
Rol
O-366-2023
Fecha
24 de noviembre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “ El día 24.09.2022 a las 17:10 horas aproximadamente el imputado SERGIO GONZALEZ GALINDO se encontraba en el sector de Bustamante con Clave en la comuna de Valparaiso y en el lugar fue captado por cámaras de un DRON transfiriendo a terceros envoltorios de droga a cambio de dinero. A raíz de aquello, se controla su identidad y se constata por personal de carabineros que el imputado mantenía en su poder, portando, poseyendo y ocultando, sin la respectiva autorización, 110 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína con peso bruto de 16.7 gramos. Toda la droga destinada a ser suministrada a terceras personas”. Código: TCXDXJYJHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página de Según la Fiscalía, tal hecho es constitutivo del delito tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo ° y 1° de la ley 2 . , en grado consumado, en que atribuye al acusado participación en calidad de autor según el artículo 1 N°1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señala que no concurren. Requiere se imponga la pena de años de presidio menor en su grado máximo, más multa equivalente a Unidades Tributarias Mensuales, las accesorias legales respectivas, comiso de todas las especies provenientes del delito, destrucción de la droga, determinación de huella genética, todo ello con costas TERCERO: Alegatos de apertura. Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, expresó que el hecho ocurrió el de septiembre de 2 22, en que el acusado estaba en el sector de la Plaza Echaurren de Valparaíso en que fue visualizado, mediante las cámaras de un dron que eran maniobradas por funcionarios policiales, comercializando drogas a terceros y, luego a su control por parte de los funcionarios policiales, se le halló droga. Solicitará condena. A su ve
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha veinte de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Juez Presidente de Sala don Wilson González Díaz y por los Jueces don Francisco Hermosilla Iriarte y doña Marcela Osorio Páez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC N° - , RIT N° - seguido en contra de SERGIO ALEJANDRO GONZALEZ GALINDO, cédula de identidad n° . . - , nacido en Valparaíso el día 7 de agosto de 1 2, 1 años de edad, soltero, cuarto año de enseñanza básica rendido, comerciante ambulante, domiciliado en calle María Olga N°1 , cerro Cordillera, Valparaíso Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal Ignazio Rivera Aguirre y la defensa, en tanto, fue asumida por la Defensoría Penal Pública, representada por el abogado Pablo Jaque Espina, ambos todos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “ El día 24.09.2022 a las 17:10 horas aproximadamente el imputado SERGIO GONZALEZ GALINDO se encontraba en el sector de Bustamante con Clave en la comuna de Valparaiso y en el lugar fue captado por cámaras de un DRON transfiriendo a terceros envoltorios de droga a cambio de dinero. A raíz de aquello, se controla su identidad y se constata por personal de carabineros que el imputado mantenía en su poder, portando, poseyendo y ocultando, sin la respectiva autorización, 110 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína con peso bruto de 16.7 gramos. Toda la droga destinada a ser suministrada a terceras personas”. Código: TCXDXJYJHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página de Según la Fiscalía, tal hecho es constitutivo del delito tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo ° y 1° de la ley 2 . , en grado consumado, en que atribuye al acusado participación en calidad de autor según el artículo 1 N°1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señala que no concurren. Requiere se imponga la pena de años de presidio menor en su grado máximo, más multa equivalente a Unidades Tributarias Mensuales, las accesorias legales respectivas, comiso de todas las especies provenientes del delito, destrucción de la droga, determinación de huella genética, todo ello con costas TERCERO: Alegatos de apertura. Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, expresó que el hecho ocurrió el de septiembre de 2 22, en que el acusado estaba en el sector de la Plaza Echaurren de Valparaíso en que fue visualizado, mediante las cámaras de un dron que eran maniobradas por funcionarios policiales, comercializando drogas a terceros y, luego a su control por parte de los funcionarios policiales, se le halló droga. Sol
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° , 1 N° 1, 1 N°1, 18, 2 , 2 , 3 , 31, 7, , , 8 bis, y 7 del Código Penal; artículos 1°, °, 8°, 12, 3 , , , 7, 3, 1 2, 282 a 2 1, 2 , 2 , 2 7, 2 8, 31 , 323, 32 a 338, 3 , 3 1, 3 2, 3 3, 3 , 3 y 3 8 del Código Procesal Penal, artículo del Código Orgánico de Tribunales; artículos 1, de la Ley N° 2 . ; y Ley 18.21 , se declara: I.- Que se condena a SERGIO ALEJANDRO GONZÁLEZ GALINDO, cédula de identidad N° . . - , a la pena de días de presidio menor en su grado mínimo y al pago de una multa de (una) U.T.M., como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga del artículo de la Ley N°2 . , descubierto el día 2 de septiembre de 2 22 en Valparaíso. Se condena al sentenciado a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que contando con días de abono en la presente causa, se le tendrá por cumplida la pena corporal como también la pecuniaria. III.- Que se decreta el comiso y destrucción conforme a derecho, de toda la sustancia ilícita incautada en el procedimiento y sus contenedores. IV.- Que se decreta el comiso de la cantidad de $7 .7 .- que se apreció en las imágenes exhibidas en la audiencia. V.- Que se exime al condenado del pago de las costas. Dése cumplimento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N°1 . 7 sobre Registro de ADN. Devuélvanse los elementos de prueba incorporados al juicio. Regístrese y comuníquese oportunamente al Ju
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Página de DELITO: MICROTRÁFICO RUC N°: - RIT N°: - ACUSADO: SERGIO ALEJANDRO GONZÁLEZ GALINDO Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha veinte de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Juez Presidente de Sala don Wilson Gonzál
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