Juzgado de Garantía de Quilpué.

SEBASTIAN LUIS ZAMORA MUÑOZ C/ FRANCISCO JAHIL ASTUDILLO MUÑOZ

Rol

O-41-2017

Fecha

24 de noviembre de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: Con fecha 20 de enero del año 2016, encontrándose Sebastián Zamora Muñoz, interesado en la compra de teléfonos IPhone, encontró publicado a través de la Red Social Facebook, la página de venta de celulares “Mauricio Navarra”, publicación que ofrecía para la venta, teléfonos Iphone, registrando un número de contacto. Interesada la víctima en la compra, se contactó con un sujeto que se identificó como Mauricio quien lo instó para agregarlo a sus contactos para finiquitar el acuerdo via wathsapp. Es así que este supuesto vendedor ofreció para la venta tres teléfonos celulares Iphone, 2 modelos Iphone 5S y un modelo Iphon 6, en la suma de $480.000, debiendo adelantar la suma de $150.000 para luego realizar el envío a su domicilio, dicha suma que debía ser depositada en la cuenta de un supuesto socio, siendo ésta la cuenta RUT del Banco Estado No. 17281797 correspondiente a FRANCISCO JAHIL ASTUDILLO MUÑOZ. Engañada de esta manera, la víctima depositó la referida suma en la cuenta dada por el vendedor, resultando ser todo un engaño, dado que no sólo no recibió especie alguna, sino que además fue eliminado de los contactos telefónicos de la página de facebook y el supuesto vendedor no se contactó más con la víctima, cooperando el imputado en la perpetración del delito, al recibir en su cuenta Rut el dinero obtenido producto de la estafa resultando un perjuicio para la víctima por la suma de $150.000.- Y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25 y 473 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se absuelve al imputado FRANCISCO JAHIL ASTUDILLO MUÑOZ, CNI. 17.281.797-1, de la acusación de ser cómplice del delito de estafa, previsto y sancionado en el Art. 473 del Código Penal. Código: XTVVXJRBBTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto

Fallo

se declara: 1.- Que se absuelve al imputado FRANCISCO JAHIL ASTUDILLO MUÑOZ, CNI. 17.281.797-1, de la acusación de ser cómplice del delito de estafa, previsto y sancionado en el Art. 473 del Código Penal. Código: XTVVXJRBBTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC N° 1600088382-8 RIT N ° 41-2017 Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XTVVXJRBBTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-24T10:36:41-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Quilpué a veinticuatro de noviembre dos mil veintitrés. HECHOS: Con fecha 20 de enero del año 2016, encontrándose Sebastián Zamora Muñoz, interesado en la compra de teléfonos IPhone, encontró publicado a través de la Red Social Facebook, la página de venta de celulares “Mauricio Navarra”, publicación que ofrecía para la venta, teléfonos Iphone, registrando un

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica