C/ VÍCTOR ANTONIO HERNÁNDEZ FUENTES
Rol
O-19902-2019
Fecha
22 de noviembre de 2023
Materia
COLOCACIÓN BOMBA O ARTEFACT ART. 14 D INC. 1, 2 , 3, 4 Y 5
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20/11/2019, a las 17.00 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en calle Ramón Corvalán a la altura del Nº8 en la comuna de Santiago, el imputado lanzó artefactos incendiarios del tipo bomba molotov a los funcionarios de carabineros que se encontraban en el lugar realizando servicio de orden y seguridad en las manifestaciones que se producían en el sector. SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR ANTONIO HERNÁNDEZ FUENTES, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta para cargos u oficio públicos durante el tiempo de la condena e inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos; por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARTEFACTOS INCENDIARIOS, previsto y sancionado en el artículo 14D en relación al artículo 3 LEY 17.798, en grado de ejecución de CONSUMADO; cometido el día 20 de noviembre de 2019, en la comuna de Santiago. II.- Que habiendo permanecido el condenado bajo cautelar de prisión preventiva y posteriormente de arresto domiciliario por un período de 1158 Código: FVVMXJPDFFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl días, se da por CUMPLIDA la pena privativa de libertad. Se reconoce un saldo a favor de 96 días en caso de quebrantamiento. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado IV.- Se ordena la omisión de la presente sentencia en el certificado de antecedentes del condenado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 de la ley 18.216. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por don RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES, Juez Titular del Séptimo Juz
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR ANTONIO HERNÁNDEZ FUENTES, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta para cargos u oficio públicos durante el tiempo de la condena e inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos; por su responsabilidad como AUTOR del delito de PORTE DE ARTEFACTOS INCENDIARIOS, previsto y sancionado en el artículo 14D en relación al artículo 3 LEY 17.798, en grado de ejecución de CONSUMADO; cometido el día 20 de noviembre de 2019, en la comuna de Santiago. II.- Que habiendo permanecido el condenado bajo cautelar de prisión preventiva y posteriormente de arresto domiciliario por un período de 1158 Código: FVVMXJPDFFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl días, se da por CUMPLIDA la pena privativa de libertad. Se reconoce un saldo a favor de 96 días en caso de quebrantamiento. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado IV.- Se ordena la omisión de la presente sentencia en el certificado de antecedentes del condenado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 de la ley 18.216. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervin
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PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago., veintidos de noviembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES RUC: 1901259924-5 RIT: 19902-2019 IMPUTADO: VÍCTOR ANTONIO HERNÁNDEZ FUENTES C.I. 0019561778-3 DELITO PORTE DE ARTEFACTOS INCENDIARIOS ARTICULO 14D EN RELACION AL ART 3 LEY 17.798 PARTICIPACIÓN Autor G. DE DESARROLLO Consum
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