Juzgado de Garantía de Talca.

MP C/ BRYAN DUBAN MERINO MUÑOZ

Rol

O-2538-2023

Fecha

23 de noviembre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo que disponen los artículos 406, 407 y demás pertinente del Código Procesal Penal, artículo 15, 15 bis, 16, 17 y demás pertinente de la ley 18.216, artículo 1, 7, 11 n° 6, 11 n° Código: BQSXXJTNSYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 9, 14, 15, 21, 29, 31, 50, 68, 69, 432, 436 inciso 1° 449 todos estos últimos del Código Penal, artículo 17 de la ley 19.970, se declara: PRIMERO: Que se condena a JAIME ANDRÉS SALAZAR MORA RUT 14.513.671-7 y a BRYAN DUBAN MERINO MUÑOZ RUT 19.801.502-4 ambos ya individualizados a sufrir cada uno de ellos la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo ello como autores del delito de robo con intimidación en perjuicio de Dexel Alexander Cambero Mora por hechos acontecidos el día 26 de abril del año 2023 en la ciudad de Talca. SEGUNDO: Que a la pena privativa de libertad impuesta deberá considerarse como abono 210 días que han permanecido privados de libertad ininterrumpidamente desde el 26 de abril del año 2023 donde fueron detenidos en situación de flagrancia y han permanecido bajo la medida cautelar de prisión preventiva ininterrumpidamente hasta esta fecha 23 de noviembre del año 2023. TERCERO: Que la pena privativa de libertad impuesta les es sustituida por libertad vigilada intensiva por tres año y un día

Fundamentos

considerando los 210 días de abono que ya se han señalado, quedando a disposición ambos de un delegado de libertad vigilada intensiva del Centro De Reinserción Social De Talca a fin que le confeccione el plan de intervención a ambos acusados y contemplando que en dicho plan durante los 3 primeros meses deberán someterse como condición de esta pena alternativa a ambos acusados a una evaluación médica para determinar si estos presentan o no consumo problemático de alcohol o droga, y de resultar efectivo dicha evaluación y diagnosticarse un consumo problemático de dicha sustancia ambos como condición también de esta pena alternativa deberán someterse a un tratamiento para superar el consumo problemático de drogas y alcohol a fin de asegurar eficiencia de la reinserción social a través de esta pena alternativa y evitar estos factores ya que influyen también en la reincidencia de los acusados y por lo tanto ejecutoriada que sea esta sentencia, ambos acusados quedan a disposición del Centro De Código: BQSXXJTNSYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Reinserción Social De Talca, donde deberán presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia a fin que elaboren el plan de intervención y para tal efecto se agenda audiencia de aprobación del mismo, Informado y advertido don Jaime Andrés Salazar Mora y Don Bryan Duban Merino Muñoz que la no presentación dentro de quinto día a dicho centro implica un quebrantamiento grave de la pena alternativa, igualmente si no cumple los compromisos que deben asumir para llevar a efecto el plan de intervención que se realizará respecto a cada uno, evento en el cual arriesgan perder esta forma de cumplimiento y si pierden esta pena alternativa deberán cumplir privados de libertad el saldo de la pena que se encontrare pendiente. CUARTO: Que se faculta a Gendarmería a fin que durante el período del cumplimiento de la pena alternativa proceden a tomar muestra de huella biológica de sangre para determinar el ADN de los condenados e incorporarla al registro pertinente conforme artículo 17 de la ley 19.970. QUINTO: Que se decreta el comiso de las especies que fueron incautadas y que se presentaron como evidencia que es un CD que contiene las grabaciones que filmaron los hechos, facultándose al Ministerio Público para su destrucción durante el período del cumplimiento de la sentencia ejecutoriada que ésta sea. SEXTO: Que se exime del pago de las costas de la causa a ambos acusados en virtud de este procedimiento habiendo evitado mayor dilación ahorrando así recursos fiscales que justifican lo resuelto. Quedan notificados los comparecientes la sentencia. Dictada por ISABEL DEL CARMEN SALAS CASTRO Juez de Garantía de Talca. Ministerio Público y defensa renuncian a los plazos y recursos legales. Código: BQSXXJTNSYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Habiendo renunciado los intervinie

Fallo

se declara: PRIMERO: Que se condena a JAIME ANDRÉS SALAZAR MORA RUT 14.513.671-7 y a BRYAN DUBAN MERINO MUÑOZ RUT 19.801.502-4 ambos ya individualizados a sufrir cada uno de ellos la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, todo ello como autores del delito de robo con intimidación en perjuicio de Dexel Alexander Cambero Mora por hechos acontecidos el día 26 de abril del año 2023 en la ciudad de Talca. SEGUNDO: Que a la pena privativa de libertad impuesta deberá considerarse como abono 210 días que han permanecido privados de libertad ininterrumpidamente desde el 26 de abril del año 2023 donde fueron detenidos en situación de flagrancia y han permanecido bajo la medida cautelar de prisión preventiva ininterrumpidamente hasta esta fecha 23 de noviembre del año 2023. TERCERO: Que la pena privativa de libertad impuesta les es sustituida por libertad vigilada intensiva por tres año y un día considerando los 210 días de abono que ya se han señalado, quedando a disposición ambos de un delegado de libertad vigilada intensiva del Centro De Reinserción Social De Talca a fin que le confeccione el plan de intervención a ambos acusados y contemplando que en dicho plan durante los 3 primeros meses deberán someterse como condición de esta pena alternativa a ambos acusados a una evaluación médica para

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de revisión prisión preventiva.. Fecha Talca., veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés Magistrado ISABEL DEL CARMEN SALAS CASTRO Fiscal JORGE ARAVENA POR PAULO RODRÍGUEZ MORALES Defensor KARINA VALESKA ROMERO GARCÍA Hora inicio 09:22AM Hora termino 10:06AM Sala CUARTA SALA audio n° 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta ncr RUC 2300453878-1 RIT 2538 - 2

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