2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

I-265-2021

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ALFREDO VALDÉS RODRÍGUEZ, abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 4.187.704-9 en representación, en virtud de mandato judicial de SERVICIOS EQUIFAX CHILE LTDA., RUT: 85.896.100-9, según se acredita sociedad del rubro de su denominación, ambos con domiciliado en Isidora Goyenechea N°2800, piso 26, comuna de Las Condes, quien encontrándose dentro del plazo y en la situación a que se refieren los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, al habérsele notificado por depósito en oficina de correos el día 13 de julio 2021, una Resolución de multa administrativa, quien vino en reclamar judicialmente de la Resolución N° 1841/21/1-1-2 de fecha 9 de julio 2021, dictada por la fiscalizadora ROMINA VICTORIA CHANDIA SANTIS, dependiente de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE, representada por su jefa la Sra. GABRIELA OLAVE RODRIGUEZ, ambas domiciliadas en Avenida Vitacura N°3900, comuna de Vitacura, a quién demanda, por ser dicha resolución absolutamente ilegal, por lo que pido que se acoja la presente reclamación, dejando sin efecto la resolución reclamada y las multas en que recae o en su defecto se rebaje a su mínima cuantía estas, con expresa condena en costas, en consideración a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que a continuación expuso. La señalada Resolución, de fecha 9 de julio de 2021, aplicó a mi representada dos multas por 40 y 60 UTM, las que transcribe e indica que aquellas adolecen de errores de hecho como en derecho, los cuales ameritan que sea dejada sin efecto, tal como expone: En cuanto a la multa N°1.- Respecto a esta multa lo primero que deben decir, es que la fiscalización de autos se debió al pago durante el pasado mes de febrero 2021 de un llamado “Bono Compensatorio”, el cual consiste en un pago extraordinario y realizado por mera liberalidad de su representada a sus ejecutivos de ventas con la finalidad morigerar las bajas ventas o resultados del año 2020 con motivo de la pandemia Covid-19. A mayor abundamiento la fiscalizadora constata lo siguiente en su Informe de Fiscalización: Se constata “No consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo.”, se cursa multa administrativa por un monto de 40 UTM a la empresa, por: “No consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a el monto, forma y período del pago del Bono Compensatorio, respecto de los trabajadores individualizados en el formulario FI-2 en la posiciones N° 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10”. Dicho lo anterior, no es efectivo que su representada haya modificado las condiciones contractuales de los trabajadores involucrados y por lo mismo no es efectivo que se haya vulnerado el artículo 11 del C.T. tal como se indica en la resolución de multa. Agregan que en el caso concreto, insisten que al no existir modificación alguna al contrato de trabajo de los trabajadores individualizados en las multas, ya que sus estipulaciones no h

Fallo

En mérito de lo expuesto, citas legales mencionadas en el cuerpo, demás normas pertinentes y lo dispuesto en el los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, termina solicitando al Tribunal se sirva tener por interpuesta Reclamación Judicial en contra de la Resolución N° 1841/21/1-1-2 de fecha 9 de julio 2021, dictada por la fiscalizadora ROMINA VICTORIA CHANDIA SANTIS, dependiente del INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE, representada por su jefa la Sra. GABRIELA OLAVE RODRIGUEZ, solicitando se deje sin efecto la Resolución reclamada y consecuencialmente la multas en que incide, o en subsidio, se rebajen estas a su mínima cuantía, con expresa condena en costas SEGUNDO: Que estando dentro de plazo comparece AMPARITO CRUCHAGA VALENZUELA, abogado por la reclamada en autos sobre Reclamación Judicial de Resolución Administrativa, quien encontrándose dentro de plazo, vino en contestar el reclamo judicial deducido por don Alfredo Valdés Rodríguez, en representación de SERVICIOS EQUIFAX CHILE LTDA., en contra de la Resolución de Multa N°1841/21/1-1 y 2, de fecha 09 de julio de 2021, solicitando desde ya su completo rechazo, todo con expresa condenación en costas, en virtud de los antecedentes de hecho y derecho que, expone. Indica que a propósito de una denuncia, la fiscalizadora dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, doña Romina Chandía Santis, se constituyó en visita inspectiva en dependencias de la empresa agrega que en dicha oportu

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ALFREDO VALDÉS RODRÍGUEZ, abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 4.187.704-9 en representación, en virtud de mandato judicial de SERVICIOS EQUIFAX CHILE LTDA., RUT: 85.896.100-9, según se acredita sociedad del rubro de su denominación, ambos con domiciliado en Isidora Goyenechea N°2800, piso

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