C/ RICARDO RANGEL FELIZ PEREZ
Rol
O-7258-2020
Fecha
22 de noviembre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 14 de mayo de 2020, aproximadamente a las 09:00 horas, en la vía publica intersección de las calle Florencio Bahamondes a la altura del número 2161, comuna de Santiago, el acusado RICARDO FELIZ PEREZ fue sorprendido por funcionarios de carabineros, transportando con el propósito de traficar, en el interior de una bolsa de genero una bolsa contenedora de 50 gramos 300 miligramos de marihuana; una bolsa contenedora 38 gramos de clorhidrato de cocaína, una bolsa contenedora de 51 gramos 500 miligramos de pasta base de cocaína y comprimidos de CLONAZEPAM. La sustancia incautada fue sometida a la prueba de campo respectiva arrojando coloración positiva a la presencia de marihuana; clorhidrato de cocaína y pasta base de cocaína. Código: VXCRXJCWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 SE DECLARA: I.- Que se condena a RICARDO RANGEL FELIZ PEREZ ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN ( 41) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a las accesorias de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de TRES UNIDADES TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al 1° ambos de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna Santiago, el 14 de mayo de 2020, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como la de multa se tendrá POR CUMPLIDA con el mayor tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de este encausamiento, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total desde el 15 de mayo de 2020 hasta esta fecha, conforme lo razonado en el
Fundamentos
considerando séptimo de este fallo. III.- Que se decreta el comiso de la droga y especies incautadas de acuerdo al artículo 31 del Código Penal. IV.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y artículo 40 de su Reglamento, previa toma de muestras biológicas si fuere necesario. V.- Que se exime al imputado del pago de las costas de la causa al haber aceptado este procedimiento abreviado y al haber evitado la realización de un juicio oral. Una vez ejecutoriado el presente fallo, dése cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renuncian a los plazos. SUSPENSIÓN DE LA PENA Artículo 398 del Código Procesal Penal Artículo 41 de la Ley 20.084 Código: VXCRXJCWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 Gírese cheque Sí A nombre de No X Dictada por Don HECTOR HUGO CARO MOLINA, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: VXCRXJCWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VXCRXJCWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-23T22:33:42-0300
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a RICARDO RANGEL FELIZ PEREZ ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN ( 41) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a las accesorias de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de TRES UNIDADES TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al 1° ambos de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna Santiago, el 14 de mayo de 2020, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como la de multa se tendrá POR CUMPLIDA con el mayor tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de este encausamiento, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total desde el 15 de mayo de 2020 hasta esta fecha, conforme lo razonado en el considerando séptimo de este fallo. III.- Que se decreta el comiso de la droga y especies incautadas de acuerdo al artículo 31 del Código Penal. IV.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y artículo 40 de su Reglamento, previa toma de muestras biológicas si fuere necesario. V.- Que se exime al imputado del pago de las costas de la causa al haber aceptado este procedimiento abreviado y al haber evitado la realización de un jui
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_____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintidós de noviembre de dos mil ventitrés. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: HECTOR HUGO CARO MOLINA RUC: 2000489869-K RIT: 2 8 - 2020 IMPUTADO: RICARDO RANGEL FELIZ PEREZ C.I. 00269806 -K
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