ANONIMIZADO
Rol
F-1814-2023
Fecha
14 de julio de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que según preceptúa el artículo 5 de la Ley Nº 20.066, la violencia intrafamiliar requiere para su configuración de una agresión que afecte o vulnere la integridad de una persona, tanto en su aspecto físico como psíquico, no pudiendo en consecuencia comprender dentro de este concepto, las situaciones expuestas por la denunciante. En vista de lo anterior, teniendo además presente lo sugerido por consejero técnico y,
Fundamentos
considerando lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley Nº 20.066, 81 y 100 de la Ley Nº 19.968,
Fallo
se declara: Que los hechos denunciados no revisten el carácter de violencia intrafamiliar, por lo que no se continuará con la...
Texto Completo (Preview)
Curicó, catorce de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Que según preceptúa el artículo 5 de la Ley Nº 20.066, la violencia intrafamiliar requiere para su configuración de una agresión que afecte o vulnere la integridad de una persona, tanto en su aspecto físico como psíquico, no pudiendo en consecuencia comprender dentro de este concepto, las situaciones expuestas por la denunciante. En vista de
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