1º Juzgado de Letras de Vallenar

TAMARAMA SPA/

Rol

V-207-2020

Fecha

3 de diciembre de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en estos autos rol V-207-2020, se presenta GONZALO MOYANO GORTAZÁR, Chileno, soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número 13.433.501-7, en representación de TAMARAMA SpA, Sociedad por acciones chilena del giro de generación eléctrica, rol único tributario número 76.683.719-0, ambos domiciliados en Miraflores 222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago y su personería para actuar en representación de TAMARAMA SpA, consta en escritura pública de 11 de febrero de 2019, otorgada en la Notaria de Santiago de don Gonzalo Hurtado Morales, cuya copia debidamente autorizada, se acompaña a estos autos, solicitando se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “TAMARAMA 3A” presentado con fecha 12 de junio de 2020, solicitándose una superficie de 100 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por GONZALO MOYANO GORTAZÁR en representación de TAMARAMA SpA, ya individualizados, con fecha 12 de junio de 2020 y anotado en informe de registro de minas bajo el folio N° 193, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha, dieciséis de junio de dos mil veinte, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es el V-207-2020. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 886 VTA N° 468 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, correspondiente al año 2020; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 42.698, de fecha 06 de julio de 2020, en el que consta la publicación del pedimento referido. Foja: 1 TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Tercera Región de Atacama, Provincia de Huasco, Comuna de Vallenar, lugar: Carta IGM Vallenar, Sección D - 18 y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro son los siguientes: VÉRTICE NORTE ( m ) ESTE (m) V1 6.835.600,00 323.200,00 V2 6.835.600,00 324.200,00 V3 6.834.600,00 324.200,00 V4 6.834.600,00 323.200,00 Las coordenadas U.T.M. del punto medio son: NORTE (m) ESTE (m) 6.835.100,00 323.700,00 CUARTO: Que a folio 8 se evacua informe N° 4988 con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 24 de septiembre de 2020. Que a folio 13 se evacua informe N° 5362 del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 19 de octubre de 2020 que informa que no se adjuntaron triplicados de planos. Que a folio 16 se evacua informe N° 6214 favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 19 de noviembre de 2020, acerca de los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración denominada “TAMARAMA 3A”, Rol Nacional 03301-A536-9. QUINTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Minería, durante la vigencia de la concesión sólo su titular tendrá derecho, dentro de los límites de ella, a hacer libremente calicatas y otras labores de exploración. Que el ejercicio de este derecho quedará sujeto a las obligaciones y limitaciones que establecen los artículos 14, 15 inciso segundo y siguientes, 16 número tercero y 17 y demás pertinentes sobre policía y seguridad mineras. El titular se hará dueño sólo de las sustancias concesibles que necesite Foja: 1 arrancar con motivo del ejercicio de ese derecho. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo legal citado. SEXTO: Que así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el día 12 de junio de 2020, se solicita se constituya la concesión de exploración. SÉPTIMO; Que en el referido pedimento se señala que la concesión solicitada, abarcará una superficie total de 100 hectáreas, bajo el nombre de “TAMARAMA 3A”, y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el sol

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-207-2020 CARATULADO : TAMARAMA SPA/ Vallenar, tres de Diciembre de dos mil veinte Vistos: Que en estos autos rol V-207-2020, se presenta GONZALO MOYANO GORTAZÁR, Chileno, soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número 13.433.501-7, en representación de TAMARAMA SpA, Sociedad por a

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