9º Juzgado de Garantía de Santiago

HUGO ALFREDO CARCAMO CORTEZ C/ GABRIEL ANTONIO GILBERTO ZAMORANO

Rol

O-8629-2022

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “El día 24 de noviembre de 2022, a las 19:30 horas aproximadamente, funcionarios de la 25°Comisaria de Carabineros en Las Torres a la altura del N°806 de la comuna de Maipú, fiscalizaron al acusado controlando su identidad y procediendo a trasladarlo al cuartel ya que no puedo en ese momento acreditar su identidad, en ese momento al ser ingresado al carro verificaron que llevaba en el bolsillo de su pantalón un revolver serie 303866 calibre 22 corto de industria argentina pasper lrl con dos cartuchos percutidos sin estar inscrita esta arma en la Dirección General de Movilización Nacional”. Resolución: Se condena a GABRIEL ANTONIO GILBERTO ZAMORANO, ya individualizado, en calidad de autor de un delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida, cometidos el día 24 de noviembre de 2022, en la comuna de Maipú, a sufrir una pena que se regula en:  3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.  Se ordena la obtención de la huella genética para el registro de ADN.  Se dispone el comiso del arma y demás elementos incautados para su destrucción.  Accesoria del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dura la condena.  No se condena en costas.  Se hace procedente la sustitución de la pena de cárcel por la de libertad vigilada intensiva, quedando sujeto al control de Gendarmería de Chile en su forma más estricta por el término de 3 años y 1 día. En el evento de tornarse más incisivo el cumplimiento de la pena, servirá de abono todo el día que ha permanecido privado de libertad en calidad de detenido, primero el 24 de noviembre de 2022 y luego en arresto domiciliario total en su domicilio desde el 25 de noviembre de 2022 hasta el 16 de junio de 2023, ambas fechas inclusive.  Se alza toda cautelar que se haya podido decretar.  Dese cumplimento al artículo

Fallo

fallo dictado en audiencia por el Juez, de conformidad al artículo 39, 41, 42 y demás pertinentes del mismo cuerpo legal. En consecuencia, toda incongruencia que se advierta entre el registro de la sentencia (audio) y la transcripción administrativa posterior generada de esta forma y/o los certificados de todo tipo, deberán ser refrendados y/o extendidos por el Ministro de Fe del tribunal, respectivamente, mediante cotejo con los registros de las actuaciones jurisdiccionales (audio), al tenor de lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artículo 44 del Código Procesal Penal, labor que no puede ser suplida por vía jurisdiccional, siendo a este respecto esta transcripción referencial. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Sr(a) Administrador(a) del Juzgado.” Código: YWXEXJFLRXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-20T11:47:40-0300

Texto Completo (Preview)

Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: 9° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: HUGO ANDRÉS TORRES ARIAS RUC: 2201181023-7 RIT: 8629 - 2022 IMPUTADO: GABRIEL ANTONIO GILBERTO ZAMORANO CI N°:

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