C/ JESSICA LORENA SALINAS VIDAL
Rol
O-2794-2023
Fecha
15 de noviembre de 2023
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 13 de octubre del año 2023, a las 09:33 horas aproximadamente, los imputados HUGO EMANNUEL CHERISCA OLIVARES, y la imputada JESSICA LORENA SALINAS VIDAL, ingresaron sin autorización y contra la voluntad de su dueño en el domicilio ubicado en avenida Club Hípico n° 3190 dpto. 14, Pedro Aguirre Cerda que pertenece a la víctima de iniciales Nancy Olivares Vidal. Santiago, quince de noviembre de dos mil veintitrés.- Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°. 9, 67, 69, 70, 144 todos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a JESSICA LORENA SALINAS VIDAL, ya individualizada, en su calidad de autora del delito consumado de VIOLACIÓN DE MORADA, contemplado en el artículo 144 del Código Penal, cometido en esta jurisdicción, el día 13 de octubre de 2023, al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, la que se le tiene por cumplida, por haber estado privada de su libertad en prisión preventiva desde el 13 al 14 de octubre de 2023 y hasta la fecha. II.- Que se exime del pago de las costas de la causa a la sentenciada. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Se deja constancia de que los intervinientes renunciaron a los plazos legales por lo que la sentencia ha quedado firme y ejecutoriada. Se deja sin efecto la medida cautelar de Prisión Preventiva Se da orden de libertad a la sentenciada, cúmplase por Gendarmería de Chile Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don ALVARO ENRIQUE MARDONES BARRIA, Juez (S) del 10° Juzgado de Garantía de Santiago.- /gcs Código: BZSXXJEXFJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-16T12:31:56-0300
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JESSICA LORENA SALINAS VIDAL, ya individualizada, en su calidad de autora del delito consumado de VIOLACIÓN DE MORADA, contemplado en el artículo 144 del Código Penal, cometido en esta jurisdicción, el día 13 de octubre de 2023, al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, la que se le tiene por cumplida, por haber estado privada de su libertad en prisión preventiva desde el 13 al 14 de octubre de 2023 y hasta la fecha. II.- Que se exime del pago de las costas de la causa a la sentenciada. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Se deja constancia de que los intervinientes renunciaron a los plazos legales por lo que la sentencia ha quedado firme y ejecutoriada. Se deja sin efecto la medida cautelar de Prisión Preventiva Se da orden de libertad a la sentenciada, cúmplase por Gendarmería de Chile Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don ALVARO ENRIQUE MARDONES BARRIA, Juez (S) del 10° Juzgado de Garantía de Santiago.- /gcs Código: BZSXXJEXFJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-16T12:31:56-0300
Texto Completo (Preview)
RUC : 2301115117-5 RIT : 2794 - 2023 MAGISTRADO : ALVARO ENRIQUE MARDONES BARRIA NOMBRE IMPUTADO : JESSICA LORENA SALINAS VIDAL CEDULA DE IDENTIDAD : 19232393-2 DOMICILIO : Calle Pegaso nº 03585 - block 15 dp. 22, Lo Espejo. FISCAL : ALEXIS AGUILAR MORENO DEFENSOR PÚBLICO : MARIANA FERNANDEZ MONETA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : quince de noviembre de dos mil
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