CARLA ARAVENA BARRAZA C/ LUIS ESTEBAN ESCALONA ALARCÓN
Rol
O-563-2023
Fecha
8 de noviembre de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos del requerimiento El día 05 de mayo del año 2023, a las 02.39 horas aproximadamente el requerido LUIS ESTEBAN ESCALONA ALARCON, condujo en estado de ebriedad el vehículo PPU CLBW.29, por Calle Juan de la Cruz León de la comuna de Quirihue, siendo fiscalizado por personal policial, quienes se percatan de su manifiesto estado de ebriedad. Practicado el examen de alcoholemia al requerido, arrojó como resultado una dosificación de 1.37 gramos por mil de alcohol en la sangre Calificación Jurídica CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 de la ley 18.290. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal Artículo 11 N° 6 y 11 n° 9 del Código Penal Pena solicitada 540 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 UTM, más la suspensión de licencia por 5 años. Además, las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena de acuerdo al artículo 30 del Código Penal y el pago de las costas de la causa Pena solicitada en caso de admisión de responsabilidad 41 días de prisión en su grado máximo, 2 UTM, Suspensión de Licencia de Conducir por 5 años. Código: XPGNXJRCYWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Admisión de responsabilidad Imputado admitió responsabilidad. ARTÍCULO 468 DEL C.P.P.: Si, una vez ejecutoriada el presente fallo. OTRAS OBSERVACIONES: Audiencia se realiza a través de sistema de video conferencia y semipresencial. Se deja constancia que a continuación solo se transcribe la parte resolutiva del fallo, quedando registrada la sentencia en su totalidad en el audio respectivo. SENTENCIA: Quirihue, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA. Vistos y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 19, 22, 30, 31, 49, 50, 60, 61, 67 y siguientes del Códi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 19, 22, 30, 31, 49, 50, 60, 61, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 45, 48, 342, 388, 389, 393, 395 del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 197 de la Ley 18.290; se declara: I.- Que se condena a LUIS ESTEBAN ESCALONA ALARCON, cédula de identidad n° 17423027-7, domiciliado en Calle Independencia N°9, de la comuna de QUIRIHUE, a la pena de 41 días prisión en su grado máximo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, la suspensión de licencia de conducir vehículos motorizados por el término de cinco años, y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas en su calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad del artículo 110 y 196 inciso 1° de la Ley de Tránsito, perpetrado el día 05 de mayo del año 2023, en la comuna de Quirihue. II.- Que respecto de la pena corporal impuesta, y reuniéndose en este caso los requisitos de los artículos 3 y 4° de la Ley N° 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Quirihue para su cumplimiento, durante el periodo de UN AÑO, debiendo cumplir durante este periodo de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada Ley, debiendo presentarse dentro del plazo de quin
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Individualización de audiencia de Procedimiento Abreviado. Fecha Quirihue., ocho de noviembre de dos mil veintitrés. Magistrado IVONNE ALEJANDRA CONCHA BECERRA Fiscal GLORIA GONZALEZ FIGUEROA Defensor MARÍA DANIELA CARRASCO CONEJEROS Hora inicio 10:20AM Hora término 10:40AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue. Acta ANH RUC 2300488977-0 RIT 563 - 2023 Registro audio 23004
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