2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOSÉ EDUARDO CONEJEROS LILLO

Rol

O-3096-2022

Fecha

13 de noviembre de 2023

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: 1. El día 20 de mayo del 2022, aproximadamente a las 17:05 horas en la intersección de calle Rio Cachapoal con José Aguirre Luco, en la comuna de Huechuraba, el requerido fue sorprendido conduciendo el taxi placa patente BXHH-20, sin contar con la licencia de conducir profesional clase A1, A2 o A3 exigida por la ley para la conducción de esta clase de vehículos. 2. El día 14 de septiembre de 2022, a las 18:45 horas aproximadamente, en avenida Recoleta, frente a la numeración 4430, comuna de Huechuraba, el requerido fue sorprendido conduciendo el taxi básico PPU BXHH-20, sin contar con la licencia de conducir profesional clase A1, A2 o A3 exigida por la ley para la conducción de esta clase de vehículos. SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ EDUARDO CONEJEROS LILLO, ya individualizado, a DOS PENAS de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO CADA UNA DE ELLAS y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, en su calidad de autor de DOS delitos de CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA en grado consumados, previstos y sancionado en el artículo 194 de la Ley del Tránsito, hechos perpetrados los días 20 de mayo y 14 de septiembre de 2022 ambos, en la comuna de Huechuraba. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, por igual término que el de las penas privativas de libertad que se sustituyen bajo la modalidad de reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado entre las 22 horas de cada día hasta las 06 horas del día siguiente, debiendo presentarse en el CRS correspondiente a su Código: TMYQXJEBWRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl domicilio para la ejecución de la pena sustitutiva una vez que se cuente con factibilidad técnica para

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ EDUARDO CONEJEROS LILLO, ya individualizado, a DOS PENAS de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO CADA UNA DE ELLAS y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, en su calidad de autor de DOS delitos de CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA en grado consumados, previstos y sancionado en el artículo 194 de la Ley del Tránsito, hechos perpetrados los días 20 de mayo y 14 de septiembre de 2022 ambos, en la comuna de Huechuraba. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, por igual término que el de las penas privativas de libertad que se sustituyen bajo la modalidad de reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado entre las 22 horas de cada día hasta las 06 horas del día siguiente, debiendo presentarse en el CRS correspondiente a su Código: TMYQXJEBWRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl domicilio para la ejecución de la pena sustitutiva una vez que se cuente con factibilidad técnica para su control por Gendarmería de Chile, debiendo instalarse el brazalete electrónico, sino existiere factibilidad, se facultará entregar un nuevo domicilio y si tampoco lo hubiese, su cumplimiento la será en dependencias de

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, 13 de noviembre de 2023 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 2200492709-9 RIT: 3096-2022 IMPUTADO: JOSÉ EDUARDO CONEJEROS LILLO C.I. 14.355.533-K FECHA DE NAC. 14-10-1979 DIRECCION Calle AURORA Nº 8889 COMUNA: Pudahuel DELITO CONDUCCIÓN SIN LICENCIA PROFESIONAL DEB

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