DEL MAGRO/
Rol
V-33-2018
Fecha
30 de noviembre de 2020
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece do a Eva de Jes s del Magro Mu oz, repostera, conñ ú ñ domicilio en El Canelo N 605, Villa Mahuidantu 2, de la comuna de El Carmen, quien° solicita en conformidad a lo dispuesto en la Ley 18.600, se declare la interdicci nó definitiva de su hermana, do a Claudina del Carmen del Mauro Mu oz, de su mismoñ ñ domicilio, y a su vez, se le nombre curadora definitiva de la misma, toda vez que su hermana presenta una discapacidad f sica de un 56%, la cual se encuentra inscrita en elí Registro Nacional de la Discapacidad, acompa a su solicitud, certificado de nacimientoñó y credencial de inscripci n en el Registro Nacional de Discapacidad, del Servicio deó Registro Civil e Identificaci n, que acredita que la presunta interdicta tiene un grado deó discapacidad f sica de un 56%.í A folio 4, rola acta de audiencia con la presunta interdicta donde se aprecia en buen estado de salud, limpia, solo puede decir su nombre e identificar a su madre. A folio 12, se acompa partidas de nacimiento de la solicitante y de la presuntañó interdicta. A folio 17, se acompa a informaci n sumaria de testigos.ñ ó A folio 22, quedaron los autos en estado de resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el art culo 4 inciso 2 de la Ley 18.600, sobre deficientesí ° mentales, prescribe: "Cuando la discapacidad mental de una persona se haya inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, su padre o madre podr solicitar al juez que,á con el m rito de la certificaci n vigente de la discapacidad, otorgada de conformidad alé ó T tulo II de la Ley N 19.284, y previa audiencia de la persona con discapacidad,í ° decrete la interdicci n definitiva por demencia y nombre curador definitivo al padre oó madre que la tuviera bajo su cuidado permanente . .” ……”En caso de ausencia o impedimento de los padres, los parientes m s cercanos podr n proceder de igual forma,á á sin perjuicio de lo establecido en el art culo 18 bisí .” SEGUNDO: Que, con la credencial de inscripci n de discapacidad en eló Registro Nacional de la Discapacidad, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la norma transcrita precedentemente, acredit ndose adem s mediante el respectivoá á certificado de nacimiento, el v nculo de parentesco que une a la solicitante con laí presunta interdicta, la que adem s ha sido o da en la audiencia especialmente fijada alá í efecto, por lo que estim ndose cumplidos los requisitos establecidos en la ley especial, seá dar lugar a la petici n formulada en autos.á ó
Fallo
Por tanto, y teniendo adem s presente lo dispuesto en los art culos 2á í y 4 de la Ley N 18.600, art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimientoº í ó Civil, y art culos 378, 443, 447 y 456 del C digo Civil, í ó SE DECLARA: I.- Que se hace lugar a lo solicitado en lo principal de folio 1, y se declara interdicta en forma definitiva por demencia, a do a Claudina del Carmen del Mauroñ Mu oz, declar ndosele asimismo privada de la libre administraci n de sus bienes.ñ á ó II.- Que se acoge la petici n de do a Eva de Jes s del Magro Mu oz, a qui n seó ñ ú ñ é designa curadora general definitiva de la interdicta. III.- Que debe darse estricto cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 delí C digo Civil, en orden a practicar las inscripciones y publicaciones del presente decreto,ó debiendo notificarse por medio de tres avisos, design ndose para este efecto el Diario Laá Cr nica, de la ciudad de Chill n.ó á An tese, notif quese, y en su oportunidad, arch vese.ó í í Dictada por do a Antonieta Andrea N ez Olave, Jueza del Juzgado deñ úñ Letras y Familia de Yungay. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Yungay, treinta de Noviembre de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para
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FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Yungay CAUSA ROL : V-33-2018 CARATULADO : DEL MAGRO/ Yungay, treinta de Noviembre de dos mil veinte Por entrado a mi despacho con esta fecha VISTO: A folio 1, comparece do a Eva de Jes s del Magro Mu oz, repostera, conñ ú ñ domicilio en El Canelo N 605, Villa Mahuidantu 2, de la comuna de El Carmen, quien° solicita en co
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