GISELE RAMONA SEPULVEDA CASTILLO C/ RICARDO ANDRÉS VEAS NEIRA
Rol
O-4597-2023
Fecha
13 de noviembre de 2023
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de agosto del año 2023, a las 16:00 horas aproximadamente, el requerido RICARDO ANDRES VEAS NEIRA saltando el cierre perimetral ingreso sin la autorización de su dueño al domicilio de la víctima MARCOS CLAUDIO TORRES MUÑOZ ubicado en PORVENIR 4654, comuna de La Florida y desde ese lugar saltar el cierre perimetral e ingresar al domicilio de doña GISELE RAMONA SEPULVEDA CASTILLO ubicado en SANTA RAQUEL 10952, comuna de La Florida, siendo atacado el requerido por los perros de la víctima, SEPULVEDA CASTILLO para luego ser detenido por personal municipal. SE DECLARA: I.- Que, se condena a RICARDO ANDRÉS VEAS NEIRA, ya individualizado, a dos penas de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR de dos delitos de Violación de Morada, Previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 19 de agosto de 2023, en la comuna de La Florida. II.- Ambas penas pecuniarias se tienen por cumplida, por aplicación del artículo 49 del Código Penal, por dos día de privación de libertad. III.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos Regístrese y archívese en su oportunidad. COSTAS Sí Código: NXQXXJDBPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl No X Artículo 398 del Código Procesal Penal SUSPENSIÓN DE LA PENA Artículo 41 de la Ley 20.084 SíGírese cheque No X A nombre de Dictada por don JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: NXQXXJDBPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-1
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a RICARDO ANDRÉS VEAS NEIRA, ya individualizado, a dos penas de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR de dos delitos de Violación de Morada, Previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 19 de agosto de 2023, en la comuna de La Florida. II.- Ambas penas pecuniarias se tienen por cumplida, por aplicación del artículo 49 del Código Penal, por dos día de privación de libertad. III.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos Regístrese y archívese en su oportunidad. COSTAS Sí Código: NXQXXJDBPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl No X Artículo 398 del Código Procesal Penal SUSPENSIÓN DE LA PENA Artículo 41 de la Ley 20.084 SíGírese cheque No X A nombre de Dictada por don JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: NXQXXJDBPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-16T14:32:08-0300
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago, trece de noviembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ RUC: 2300897805-0 RIT: 4597 - 2023 IMPUTADO: RICARDO ANDRÉS VEAS NEIRA C.I. 0013916580-2 2 DELITOS - Violación de Morada. ARTICULO - Previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLL
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