CANCINO/
Rol
V-340-2019
Fecha
30 de noviembre de 2020
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 9 de diciembre comparece doña Sandra Verónica Del Carmen Cancino Alarcón, empleada, domiciliada en calle San Guillermo N° 320, comuna de La Florida, quien solicita se declare la interdicción por causa de demencia de su padre, don Enrique Ismael Cancino García, pensionado y de domicilio en Manutara N° 10.635, comuna de La Florida. Refiere que el solicitado, viudo y con una sola hija, se encuentra aquejada por un delicado estado de salud mental el cual se traduce en una discapacidad severa del orden del 70%, de modo que, infiere, no está en condiciones de administrar lo suyo y ese escenario lo deja desprotegido e indefenso ante posibles actos maliciosos de terceros. Precisa que por la condición médica antes indicada, su padre se encuentra inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, según certificado de discapacidad de fecha 20 de noviembre de 2019. Relata que su padre necesita de su supervisión y ayuda de manera constante porque le es imposible valerse por sí mismo, razón por la cual se encuentra en una casa de reposo. Indica que la pensión que recibe mensualmente no es suficiente y que esta no le alcanza para paliar los gastos de alimentación, medicamentos, vestuario y costo mensual del lugar donde reside, que aproximadamente es de $415.000, por lo cual, debe trabajar para solventar la diferencia de esos gastos y los propios. Finalmente hace presente que su padre recibe una pensión, pagada por la institución “Renta Nacional”, por un monto mensual cercano a los $196.000.- Previas citas legales, solicita que su padre sea declarado privado de administrar sus bienes por causa de demencia, solicitando que sea designada como curadora definitiva de sus bienes, disponiendo la respectiva inscripción en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones a cargo del Conservador de Bienes Raíces que corresponda y las correspondientes publicaciones determinadas por la ley, previa audiencia del disc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció doña Sandra Verónica Del Carmen Cancino Alarcón, quien solicita se declare la interdicción por causa de demencia de su padre, don Enrique Ismael Cancino García, y se le nombre curadora legítima y definitiva de sus bienes por los motivos ya reseñados precedentemente. SEGUNDO: Que, para acreditar la enfermedad que padece su padre, aparejó a los autos Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil con fecha 20 de noviembre de 2019 y Credencial de Discapacidad emitida por el mismo, que da cuenta de la inscripción en dicho Servicio de la discapacidad calificada y certificada en el Dictamen N°1.510 del COMPIN, que certifica que don Enrique Ismael Cancino García presenta un grado de discapacidad física y mental psíquica severa de un 70,00% sin reevaluación y presenta movilidad reducida. Además, aparejó su certificado de nacimiento y el del presunto interdicto, acreditando si relación de parentesco. TERCERO: Que, mediante inspección personal de tribunal, compareció el presunto interdicto en presencia de la solicitante de autos, donde se pudo constatar la discapacidad mental que presenta don Enrique, no siendo posible entablar una conversación con él, denotando de sus respuestas que se encuentra perdido en el tiempo y espacio. CUARTO: Que, mediante audiencia de 28 de enero de 2020 compareció la solicitante de autos, en su calidad de única hija y pariente cercana del solicitado, afirmando que su padre tiene 80 años y padece de demencia senil e hipertensión. Relata que su padre vive en un hogar de adultos desde hace dos años y que ella es la única pariente que lo visita y se hace cargo de él, solventando los gastos de más que la pensión que recibe no puede pagar. QUINTO: Que, como se indicó, el señor Defensor Público, informó a favorablemente la interdicción definitiva de don Enrique Ismael Cancino García por causa de demencia y nombrar a su hija, doña Sandra Verónica del Carmen Cancino Alarcón, curadora general, legítima y definitiva de sus bienes, relevándola de las obligaciones de confeccionar inventario solemne, rendir fianza y reducir a escritura pública. SEXTO: Que, del análisis de los considerandos precedentes, las pruebas rendidas y los informes acompañados al proceso, para esta sentenciadora se encuentra acreditada la incapacidad necesaria para dar lugar a lo solicitado en autos. Y, además, visto lo dispuesto en los artículos 373 y ss., 447, 456 y 462 del Código Civil, 689, 839, 843 y 854 del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.600,
Fallo
se declara: a) La Interdicción definitiva de don Enrique Ismael Cancino García, domiciliado en calle Manutara N° 10.635, comuna de La Florida, perdiendo éste la libre administración de sus bienes. Inscríbase en el Registro del Conservador competente y notifíquese por medio de tres avisos en el diario “El Mercurio”; b) Nómbrese a su hija, doña Sandra Verónica del Carmen Cancino Alarcón, como su curadora general, legítima y definitiva, relevándola de la obligación de confeccionar inventario solemne, de rendir fianza y de reducir a escritura pública. Aceptado que sea el cargo, sirva copia de este auto de suficiente título y discernimiento. Regístrese y notifíquese. Rol V-340-2019 Pronunciada por doña Carolina Taeko Montecinos Fabio, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-11-30T14:15:08-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-340-2019 CARATULADO : CANCINO/ Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 9 de diciembre comparece doña Sandra Verónica Del Carmen Cancino Alarcón, empleada, domiciliada en calle San Guillermo N° 320, comuna de La Florida, quien solicita se declare la interdicción por causa de demencia de
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