FISCALIA C/ TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN
Rol
O-50-2023
Fecha
9 de noviembre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Juzgado Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl FECHA Villarrica, nueve de noviembre de dos mil veintitrés RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN - Sector Challupen los Trozos Lican Ray km Villarrica. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES No concurren AGRAVANTES Artículo N° del Código Penal. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por las consideraciones expuestas y lo dispuesto en los artículos , N° , , , , , del Código Penal; artículos y siguientes del Código Procesal Penal; artículo °, , y de la Ley . ; y Ley . ; SE RESUELVE: I. Se condena a TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN, como autora del delito de Tráfico de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo de la Ley . , en grado de consumado, cometido en la comuna de Villarrica, el día de enero de , a las penas de: TRESCIENTOS SIETE DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena; MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; y COMISO de las especies incautadas. II. Servirán de abono a la condenada, los días que permaneció privada de libertad en esta causa, esto es, días en total,
Fundamentos
considerando el día de su detención, esto es, el día de enero de y desde el de enero de hasta esta fecha en calidad de preso preventivo. III. Con los abonos reconocidos en el punto anterior, se tiene por cumplida la pena privativa de libertad impuesta en esta sentencia. IV. La multa de Una Unidad Tributaria Mensual deberá ser pagada a beneficio del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se autoriza su pago en dos cuotas iguales, mensuales y sucesivas, la primera de las cuales deberá ser pagada dentro de los días siguientes a la ejecutoria de esta sentencia. Código: ENRMXJQBLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl El no pago de cualquiera de las cuotas hará exigible el total de la multa adeudada. Si la condenada no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta se podrá imponer por vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, siempre que así lo solicite, manifestando su conformidad de prestar servicios en beneficio de la comunidad antes del vencimiento del plazo para su pago, en caso contrario, se impondrá por vía de sustitución y apremio de la multa la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual. V. Incorpórese en el Registro de Condenados la huella genética de TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN, previa toma de la muestra biológica, si correspondiere, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo de la Ley . VI. Se autoriza a la Fiscalía Local de Villarrica, a dar a las especies decomisadas el destino que corresponda en conformidad a lo dispuesto en el artículo de la Ley . , lo que deberá ser informado oportunamente a este tribunal. VII. No se condena en costas a la acusada, por haber aceptado su la realización del procedimiento abreviado. Anótese, Regístrese y Archívese en su oportunidad. Ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Ejecutoriada la sentencia, infórmese dentro de los quince días hábiles siguientes al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol sobre los bienes declarados en comiso, así como de las multas impuestas, para los efectos previstos en el artículo de la Ley . . Dictado por doña VIVIANA ISOLDA CARDENAS BELTRÁN, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villarrica. (La transcripción fue realizada por la encargada de actas, el registro oficial es el registro de audio) VICB/mis Código: ENRMXJQBLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: ENRMXJQBLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-11T09:35:03-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Se condena a TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN, como autora del delito de Tráfico de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo de la Ley . , en grado de consumado, cometido en la comuna de Villarrica, el día de enero de , a las penas de: TRESCIENTOS SIETE DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena; MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; y COMISO de las especies incautadas. II. Servirán de abono a la condenada, los días que permaneció privada de libertad en esta causa, esto es, días en total, considerando el día de su detención, esto es, el día de enero de y desde el de enero de hasta esta fecha en calidad de preso preventivo. III. Con los abonos reconocidos en el punto anterior, se tiene por cumplida la pena privativa de libertad impuesta en esta sentencia. IV. La multa de Una Unidad Tributaria Mensual deberá ser pagada a beneficio del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se autoriza su pago en dos cuotas iguales, mensuales y sucesivas, la primera de las cuales deberá ser pagada dentro de los días siguientes a la ejecutoria de esta sentencia. Código: ENRMXJQBLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedr
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Juzgado Garantía Villarrica Juzgado de Garantía Villarrica Pedro de Valdivia N° 0285. Villarrica Fono 45-2410633 / Fax 45-2415897 Email jgvillarrica@pjud.cl FECHA Villarrica, nueve de noviembre de dos mil veintitrés RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA TAMARA ALEJANDRA CATRIÁN CURILÉN - Sector Challupen los Trozos Lican Ray km Villarrica. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILID
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