LUIS ANTONIO VARELA ÁLVAREZ C/ RAÚL ALIRO ZAMORA GONZÁLEZ
Rol
O-4359-2023
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos el serio y cierto temor en la victima a que llegue a concretarlas,
Fundamentos
considerando que el imputado es de carácter violento. Los hechos antes descritos son constitutivos del delito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, en el cual al imputado le cabe participación en calidad de autor en grado de consumado, por lo que se solicita la aplicación de una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, además de las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. SEGUNDO: Que en la audiencia de procedimiento simplificado, realizada conforme al requerimiento transcrito en el motivo anterior, el imputado no reconoció responsabilidad en los hechos que se le imputa y se dispuso la realización de audiencia de preparación de juicio oral, oportunidad en que no se arribó a convenciones probatorias, y el Ministerio Público y la Defensa ofrecieron las pruebas que rendirían en la Audiencia de Juicio, a fin de justificar sus pretensiones. TERCERO: Que el 8 de noviembre de este año, se llevó a efecto audiencia de juicio oral simplificado, ocasión en que se dio lectura al requerimiento, el Ministerio Público y la Defensa expusieron sus argumentos en los alegatos de apertura, se oyó al imputado, se recibió la prueba ofrecida, y en sus alegatos de clausura, los intervinientes expusieron las conclusiones que estimaron colegirse de la prueba rendida. El Tribunal comunicó su veredicto y se fijó audiencia para dar a conocer el texto escrito de la sentencia. CUARTO: Que en su exposición de apertura, el representante del Ministerio Público manifestó que con los medios de prueba que Código: HDDKXJRFCXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl aportaría en el juicio, se acreditará, más allá de toda duda razonable, los hechos materia del requerimiento, ya que el imputado profirió amenazas a la víctima, las que en el contexto en que se produjeron parecieron serias y verosímiles a esta última, motivo por el que estima haberse configurado el ilícito por el que se requirió al imputado, y en consecuencia debe dictarse decisión de condena en su contra. Por su parte la Defensa del imputado, en su alegato de inicio, solicitó la absolución de su representado, ya que los hechos en virtud de los que se formuló el requerimiento no son efectivos y tampoco reúnen seriedad ni verosimilitud suficiente, motivo por el que debe resolverse la absolución del requerido. En sus alegatos de clausura, los intervinientes reiteraron las peticiones formuladas en sus exposiciones de apertura, las que aparecen refrendadas con el mérito de la prueba rendida en esta causa. Previo a concluir el debate, el acusado no hizo uso de la palabra. QUINTO: Que previo a la recepción de la prueba, el enjuiciado, habiendo sido advertido de los derechos que en tal calidad ostenta, entre ellos el derecho a guardar silencio, no renunció a éste y no hizo uso de la palabra. SEXTO: Que pesa sobre el Ministerio Público la carga de acreditar los hecho
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 15, 18, 21, 50 y 296 N°3 del Código Penal, artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE ABSUELVE a Raúl Aliro Zamora Gonzalez, ya individualizado, de la acusación que lo suponía autor del delito consumado de amenazas simples, presuntamente cometido en Coquimbo el 9 de Diciembre de 2022. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC 2201245067-6-1 RIT 4359-2023 Redactada por el Juez de Garantía de Coquimbo, Edgardo Arturo Pinto Solís. Código: HDDKXJRFCXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-10T11:57:29-0300
Texto Completo (Preview)
Coquimbo, diez de noviembre de dos mil veintitrés. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Coquimbo, en causa RIT 4359-2023, el ocho de noviembre, en curso se llevó a efecto audiencia de juicio oral simplificado al tenor de requerimiento, interpuesto por don Claudio Correa Morales, Fiscal Adjunto, domiciliado en Melgarejo N° 847, Coquimbo, contra
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