MP C/ LUIS ALJENADRO VILLARROEL NOGUEL
Rol
O-1339-2023
Fecha
8 de noviembre de 2023
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 15, 29, 49, 50, 432 436, 439, 449 y 496 N°5 todos del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 406 y siguientes todos del Código Procesal Penal; artículo 34 la Ley 18.216 se declara: Código: QQXZXJZLGGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena, a LUIS ALEJANDRO VILLARROEL NOGUEL, ya individualizado, como autor de un delito de robo con intimidación, cometido en horas de la mañana del día 19 de marzo del año en curso en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO. B) A la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. C) Al comiso del arma corto punzante que fue incautada en el procedimiento policial. II.- Que. asimismo, se condena a LUIS ALEJANDRO VILLARROEL NOGUEL, ya individualizado, como autor del delito-falta de ocultamiento de la identidad ante la autoridad, previsto en el artículo 496 N°5 del Código Penal, cometido en horas de la mañana del día 19 de marzo del año en curso en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a la pena de multa ascendente a UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena ésta última que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a uno de los días que el imputado ha permanecido privado de libertad con motivo de este proceso de manera ininterrumpida desde el día 19 de marzo del año en curso a la fecha. III.- Que a propósito de la pena privativa de libertad aplicada en el resuelvo primero de este fallo y conforme a lo ya razonado, este Tribunal, en conformidad al artículo 34 de la Ley 18.216 y concurriendo los requisitos legales para ello, sustituye la pena de presidio por la de expulsión del Territorio Nacional, concediendo un plazo a la autoridad administrativa para su ejecución, el que se
Fallo
se declara: Código: QQXZXJZLGGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena, a LUIS ALEJANDRO VILLARROEL NOGUEL, ya individualizado, como autor de un delito de robo con intimidación, cometido en horas de la mañana del día 19 de marzo del año en curso en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO. B) A la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. C) Al comiso del arma corto punzante que fue incautada en el procedimiento policial. II.- Que. asimismo, se condena a LUIS ALEJANDRO VILLARROEL NOGUEL, ya individualizado, como autor del delito-falta de ocultamiento de la identidad ante la autoridad, previsto en el artículo 496 N°5 del Código Penal, cometido en horas de la mañana del día 19 de marzo del año en curso en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a la pena de multa ascendente a UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena ésta última que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a uno de los días que el imputado ha permanecido privado de libertad con motivo de este proceso de manera ininterrumpida desde el día 19 de marzo del año en curso a la fecha. III.- Que a propósito de la pena privativa de libertad aplicada en el resuelvo primero de este fallo y conforme a lo ya r
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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. Procedimiento Abreviado R.U.C. 2300298922-0 R.I.T. 1339 - 2023 JUEZ JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL FRANCISCO JAVIER ROJAS RUBILAR ABOG MINT INT MARIO PICHARA MUSALEM DEFENSOR CRISTIAN MANUEL MEDINA CUEVAS IMPUTADO LUIS ALEJANDRO VILLARROEL NOGUEL RUT 14.887
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