C/ ANA DEL CARMEN VERGARA PEÑA
Rol
O-5430-2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): Que el día 01 de agosto de 2023, aproximadamente a las 01:55 horas en circunstancias que personal policial de la 34 Comisaría Vista Alegre, efectuaba patrullajes preventivos en su sector territorial, procedieron a fiscalizar a los ocupantes del automóvil marca Chevrolet Modelo Sail PPU DFGS-42 , encontrando e incautando en poder de la imputada Ana del Carmen Vergara Peña, una bolsa plástica conteniendo 298 gramos, peso bruto de Clorhidrato de Cocaína. Resolución: Los hechos descritos son constitutivos del delito tráfico ilícito de drogas del artículo 3° de la ley 20.000, en grado de consumado.-. Se señala que respecto del imputado concurren las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, las atenuantes del artículo 11 número 6 y 9 del Código Penal. Se condena a ANA DEL CARMEN VERGARA PEÑA, ya individualizada, como autora de un delito delito tráfico ilícito de drogas, perpetrado el día 01 de agosto de 2023, en esta jurisdicción, a la pena de: I. TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo; II. Accesorias legales de inhabilitación absoluta y perpetua de derechos políticos e inhabilitación absoluta y temporal de cargos u oficios públicos durante el tiempo de duración de la condena; III. Multa de una (1) unidad tributaria mensual; IV. Comiso y destrucción de sustancia ilícita y sus contenedores; V. Toma de muestra genética y su incorporación al registro nacional de condenados. VI. Sin costas. Para el cumplimiento de la pena corporal de 3 años y un día, se sustituye por la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva por el mismo tiempo de condena. Quedando la sentenciada sujeta al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social, en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo las condiciones establecidas en el artículo 17 de la Ley 18.216, consistente en su residencia en un lugar determinado, la sujeció
Texto Completo (Preview)
Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: siete de noviembre de dos mil veintitrés TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: SOLEDAD DEL CARMEN ORELLANA PINO RUC: 2300826321-3 RIT: 5430 - 2023 IMPUTADO( A): ANA DEL CARME
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica