MP C/ CLARA DE LAS MERCEDES REYES RUBIO
Rol
O-344-2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes “Con fecha 16 de Octubre del año 2020, se recibió una denuncia anónima ante el programa “Denuncia Seguro” de la Subsecretaria de Prevención del delito, en la cual se daba cuenta de que una persona de nombre “Francisco”, apodado un cuchillo y, una mujer de nombre “Clara”, Código: YXMLXJXMENH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 se estaban dedicando a la comercialización de clorhidrato de cocaína en pequeñas cantidades. Con ésta información, la fiscalía instruyó a personal de la PDI a realizar las diligencias tendientes a esclarecer el caso denunciado. Fue así que, con fecha 17 de diciembre 2020, se evacuó un informe policial en la que se dio cuenta que realizadas vigilancias al domicilio de los acusados FRANCISCO MARIO OVANDO CERDA y CLARA DE LAS MERCEDES REYES RUBIO, ubicado en Calle Los Aromos, Casa 13, Villa O’Higgins de la comuna de Las Cabras, efectivamente concurrían personas hasta dicho inmueble, realizando pasamanos entre ellos para luego retirarse del lugar, conductas atribuibles a la comercialización de sustancias ilícitas. Con estos antecedentes, se solicitó la orden judicial de entrada y registro el día 23 de diciembre de 2020, la cual se ejecutó a eso de las 18:10 horas aproximadamente de dicha jornada por personal de la PDI en el domicilio antes indicado. Al momento del ingreso, el personal policial encontró a los acusados FRANCISCO MARIO OVANDO CERDA y CLARA DE LAS MERCEDES REYES RUBIO al interior del inmueble y, en el registro en una dependencia utilizada como living comedor, se encontró al costado de un mueble una escopeta marca Maverick, modelo 88, número de serie MV63448H, con 4 cartuchos en su interior, posteriormente y al ingresar al dormitorio principal adosado al living comedor, se encontró en un mueble de madera tipo cómoda con seis cajoneras y distribuidos en todas ellas, dinero en efectivo que alcanzó a su suma de $8.269.05
Fundamentos
considerando anterior, apreciada libremente la prueba según lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, el tribunal ha llegado a la convicción, que es posible dar por acreditado como hechos del proceso que con ocasión de una denuncia anónima realizada ante el programa “Denuncia Seguro” de la Subsecretaria de Prevención del delito, en la que se daba cuenta de que una persona de nombre “Francisco”, apodado un cuchillo y, una mujer de nombre “Clara”, se estaban dedicando a la comercialización de clorhidrato de cocaína en pequeñas cantidades, el Ministerio Público instruyó a personal de la Policía de Código: YXMLXJXMENH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 49 Investigaciones realizar entre otras diligencias vigilancias al domicilio, ubicado en sector Los Aromos, Casa 13, Villa O’Higgins, comuna de Las Cabras, observándose que concurrían personas hasta dicho inmueble, realizando pasamanos entre ellos para luego retirarse del lugar, conductas que fueron atribuidas a la comercialización de sustancias ilícitas, por lo que se solicitó la orden judicial de entrada y registro el día 23 de diciembre de 2020, la cual se ejecutó a eso de las 18:10 horas aproximadamente por personal de la PDI en el domicilio señalado, encontrando en el interior a los acusados Francisco Mario Ovando Cerda y Clara de las Mercedes Reyes Rubio, y al registrar el inmueble se encontró en el living comedor, al costado de un mueble, una escopeta marca Maverick, modelo 88, número de serie MV63448H, con 4 cartuchos en su interior de propiedad de Francisco Mario Ovando Reyes,; al ingresar al dormitorio principal adosado al living comedor se encontró en un mueble de madera tipo cómoda con cajoneras y distribuidos en todas ellas, dinero en efectivo que alcanzó a su suma de $8.269.050. Prosiguiendo con la revisión del dormitorio, y a menos de un metro de distancia del mueble anteriormente descrito, se encontró una escopeta marca Lanber, calibre 12, serie 13-03-04516-10-12-76, de dos cañones, la cual mantenía su interior 2 cartuchos, de propiedad de Clara Reyes Rubio,, luego, al registro sobre el mueble de la cómoda se encontraron 8 cartuchos de diversas marcas, calibre 12, de propiedad también de Clara Reyes; y en una dependencia ubicada al costado sur del dormitorio y qué se utiliza como bodega, se encontró en el entretecho, cubierta por dos tablas, una bolsa de papel de color beige, que en su interior mantenían 50 bolsas de nylon transparente, contenedoras de una sustancia color blanco, la que realizada la prueba de campo narco test, arrojó coloración positiva a la presencia de Código: YXMLXJXMENH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 50 Clorhidrato de Cocaína, y un peso de 1.311 gramos 8 miligramos, así como también 24 envolt
Fallo
se acuerda, con ese contrato uno hace trámites en la notaría y son todos legales, y la droga encontrada en su Código: YXMLXJXMENH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 9 domicilio es de su marido. La otra escopeta la encontraron al lado de una tele ubicada en el living, y esta escopeta la compró su hijo Francisco, explicando que la escopeta suya no dejaba que nadie la tomara, por eso le decía que si volvía a pasar ellos no iban a alcanzar a meterse a su pieza para tomarla, para defenderse, esa escopeta le llegó muy barata, la quería tener para defenderse, porque no fue sólo en el tiempo en que lo acusaron, fue por largo rato. A las preguntas del Defensor del acusado Ovando indica que no sabe si estas personas terminaron condenadas, y reitera que compraron el armamento porque se metieron a su casa como cuatro o cinco hombres, quienes les pegaron, a ella, Francisco y Daivid, este último fue operado en el hospital por los cachazos que le pegaron en la cabeza, esto ocurrió como seis meses, no recuerda la fecha. A las preguntas del Defensor de la acusada Reyes reitera que está casada con Francisco Ovando, que tienen tres hijos, y antes de la detención de su marido tenían una relación de “hola y chao”, cero relación, pero él no quería dejar la casa, le pidió varias veces que se fuera, incluso arrendó en otro lado pero llegaba igual a su casa, para evitar peleas frente a su hija chica, eran una familia, pero sólo de d
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1 Rit 344-2023 Rancagua, siete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos, oídos, y considerando. PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por los magistrados doña Gloria Esperanza Calvo Godoy, quien presidió la audiencia, don Hernán Carlos González Muñoz; y don David Eduardo Gómez Pal
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