BRAVO/
Rol
V-75-2020
Fecha
26 de noviembre de 2020
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 16 de octubre de 2020, a folio 1, comparece don MAURICIO ANDRÉS BRAVO ALVARADO, cédula de identidad N°15.899.939-0, domiciliado para estos efectos en Avenida Américo Vespucio 8398, comuna de La Florida, quién solicita la restitución sin forma de juicio del inmueble ubicado en calle Enrique Mac Iver Nº731 Población Balmaceda, comuna de San Bernardo. Funda su solicitud en que con fecha de 03 de noviembre del año 2010, celebró un contrato de arriendo con don Roberto Fernando San Martin Cuello, respecto al inmueble ya individualizado, el cual es de su propiedad, en la cual se pactó un canon mensual de $180.000, agregando que pese a que don Roberto Fernando San Martin Cuello, le adeuda 5 rentas atrasadas por concepto de arriendo desde el mes de marzo del año 2020, indica que ha tomado conocimiento que el arrendatario ha abandonado el inmueble desde hace por lo menos 8 meses; sin haberlo restituido en forma legal y haciendo caso omiso al contrato de arrendamiento pactado, dejando la propiedad en estado de deterioro y sucia, con eventuales consecuencias sanitaria por la basura visible en el interior y exterior. En cuanto al derecho, transcribe lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N°18.101 inciso final 13, el cual establece que: “Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, éste podrá solicitar al juez de letras competente que se le entregue, sin forma de juicio, con la sola certificación del abandono por un ministro de fe”. T RIT« » Foja: 1 En mérito de lo expuesto, solicita la entrega del inmueble individualizado, sin forma de juicio, previa certificación del abandono por un ministro de fe. SEGUNDO: Que para acreditar su pretensión, el solicitante acompaño conjuntamente con su solicitud, el siguiente documento: 1.- Copia del contrato de arrendamiento, celebrado entre don Mauricio Andrés Bravo Alvarado en calidad de arrendador y don Roberto Fernando San Martín Cuello, en calidad de arrendatario, que recae so
Fallo
En mérito de lo expuesto, solicita la entrega del inmueble individualizado, sin forma de juicio, previa certificación del abandono por un ministro de fe. SEGUNDO: Que para acreditar su pretensión, el solicitante acompaño conjuntamente con su solicitud, el siguiente documento: 1.- Copia del contrato de arrendamiento, celebrado entre don Mauricio Andrés Bravo Alvarado en calidad de arrendador y don Roberto Fernando San Martín Cuello, en calidad de arrendatario, que recae sobre la propiedad ubicada en calle Enrique Mac-Iver Nº751, comuna de San Bernardo, para uso comercial, por la suma mensual de $180.000, comenzando a regir con fecha 01 de marzo de 2006, siendo indefinido. TERCERO: Que el presente procedimiento voluntario tiene por objeto que el tribunal competente restituya un inmueble arrendado que se encuentra abandonado por el arrendatario, sin haber realizado éste la restitución correspondiente al arrendador. CUARTO: Que con fecha 10 de noviembre de 2020, folio 4, rola estampado receptorial, en el cual el ministro de fe, se constituye en la propiedad ubicada en calle Enrique Mac Iver Nº731 Pob. Balmaceda, comuna de San Bernardo; quién constata el abandono en conformidad a la Ley 18.101, articulo 6, inciso segundo, agregando además que el domicilio se encuentra deshabitado y sin moradores, en estado de abandono, según lo observado desde el exterior del inmueble, ya que, no pudo acceder al interior del mismo, atendido que las puertas de entrada al recinto y al inmueble se
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 6 seis NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-75-2020 CARATULADO : BRAVO/ San Bernardo, veintis is de Noviembre de dos mil veinte é VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 16 de octubre de 2020, a folio 1, comparece don MAURICIO ANDRÉS BRAVO ALVARADO, cédula de identidad N°15.899.939-0, domiciliado para estos efectos en Avenida Amér
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