Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ ESTEFANY SOLEDAD ARANCIBIA CONTRERAS

Rol

O-222-2022

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1. Que el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado contra del imputado JOSÉ IGNACIO MORALES CHÁVEZ por el delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm. fundado en los siguientes hechos: “El día 17 de enero de 2022, aproximadamente a las 15:45 horas, en calle Río Pudeto esquina río Simpson de la Población Sol de Septiembre de la comuna de Curicó, la acusada ESTEFANY ARANCIBIA CONTRERAS, fue sorprendida por funcionarios policiales que se encontraban realizado un patrullaje preventivo con la finalidad de prevenir delitos contra las propiedad pública y privada y al proceder a pasar por esta vía se percataron de la presencia de la imputada quien guardó en sus vestimentas, en este caso, específicamente en su mochila al ver la presencia policial unas especies cayéndoseles el suelo algunas de estas siendo en total 200 papelillos de una sustancia color beige la cual efectuada la prueba de campo respectivo arrojó coloración positiva para cocaína con un peso bruto de 32 gramos, sustancia que no estaba destinada al uso o consumo o personal de la imputada.” 2. Que con el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y la admisión de responsabilidad del requerido son suficientes para estimar que se encuentran acreditados los hechos contenidos en el requerimiento, los que se encuadran en el tipo penal del artículo 4 de la Ley 20.000. 3. Que, el fiscal en audiencia admite la atenuante del número 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, por lo que solicita la pena consignada en el acta de esta audiencia. 4. Que la defensa del imputado no controvierte la existencia del delito, la participación de su mandante y estima ajustada a derecho la pena solicitada por el fiscal y solicita pena sustitutiva, rebaja de multa y se dé por cumplida, en subsidio cuotas para su pago. Código: TVXVXJXRTEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consider

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo prescrito en el artículo 1, 14 N° 1, 15 N° 1 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal; artículo 4 de la Ley 20.000; artículos 4 de la Ley 18.216, y artículos 45, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se RESUELVE: S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a doña ESTEFANY SOLEDAD ARANCIBIA CONTRERAS, cédula nacional de identidad 18.151.340-3, ya individualizada, en calidad de AUTORA del ilícito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 17 de enero de 2022, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de DOS TERCIOS DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, atendido el tiempo que la imputada ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, el día 17 de enero de 2022 y 05 de noviembre de 2023, la pena multa se dará POR CUMPLDA.- III) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada ESTEFANY SOLEDAD ARANCIBIA CONTRERAS el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Rei

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., seis de noviembre de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputada ESTEFANY SOLEDAD ARANCIBIA CONTRERAS C.I. 18.151.340-3 Fecha de Nacimiento 26/11/1991 Dirección POB. SANTA FE, TORRES DEL PAINE Nº 364, CURICO. DELITO Trafico de pequeñas cantidades de estupefacientes Participación A

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