CAQUES/
Rol
V-154-2019
Fecha
26 de noviembre de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 08 de abril de 2019, don FREDDY CATALICIO CAQUES PEREIRA, chileno, casado, empresario, Rut N° 7.386.594-8, domiciliado en pasaje Dieciséis de Julio N° 2.968, Iquique, en representación que se acreditó de SOCIEDAD LEGAL MINERA MARIA ESBELDA DIEZ, según lo dispuesto en el artículo 193, inciso 3° del Código de Minería, en uso del derecho que le confiere el ser titular de la concesión minera de exploración constituida y vigente, denominada “MARIA ESBELDA 10” cuyo pedimento se presentó el 24 de agosto de 2016, sentencia que se inscribió a fojas 1.174 N° 696 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Elqui-Vicuña del año 2017, solicitó la manifestación de las pertenencias mineras denominadas “MARIA ESBELDA 10, 1 AL 300” de la comuna de Paihuano, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, cuyas coordenadas U.T.M. del punto de interés son: Norte- 6.674.500,00 metros. Este- 368.500,00 metros, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 41 inciso 2° del Código de Minería. Dicha manifestación fue presentada con fecha 08 de abril de 2019, inscribiéndose a fojas 419 Nº 210 en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Elqui- Vicuña, el 15 de abril de 2019, conjuntamente con el certificado de dominio vigente de la concesión denominada “María Esbelda 10” e inscripción de la sentencia del pedimento y, se publicó en el Boletín Oficial de Minería, inserto en el Diario Oficial, con fecha el 06 de mayo de 2019. RIT« » Foja: 1 Que, con fecha 13 de noviembre de 2019, se agregó la solicitud de mensura de dichas pertenencias y se publicó en el Boletín Oficial de Minería, inserto en el Diario Oficial, con fecha 25 de noviembre de 2019. Que, con fecha 13 de noviembre de 2019, se agregó Mandato Judicial de Freddy Catalicio Caques Pereira y Sociedades Legales Mineras María Esbelda Uno al Veintisiete, de la comuna de Paihuano a Acxel Cristóbal Cortes Serin y Gianinna Andrea Gramola Romo. Que, con fecha 10 de febrero de 2020, el apoderado de
Fallo
SE DECLARA: A) Constituidas las pertenencias mineras de explotación denominadas “MARIA ESBELDA 10, 1 AL 300”, de propiedad de SOCIEDAD LEGAL MINERA MARIA ESBELDA DIEZ, ya individualizada, cuya mensura definitiva comprende trescientas pertenencias mineras las que cubren una superficie total de trescientas hectáreas. B) Se aprueba el acta y plano de mensura. C) Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura correspondiente y archívese en su oportunidad en el Conservador de Minas de Elqui – Vicuña una copia del plano. D) Extráctese la presente sentencia por el señor Secretario, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. E) Remítase por el interesado al Servicio Nacional de Geología y Minería de la ciudad de La Serena copia de esta sentencia, plano original y copia del acta de mensura. Se deja constancia que la manifestación se hizo en uso del derecho preferente de la exploración constituida y vigente, denominada “MARIA ESBELDA 10”, cuyo pedimento se presentó con fecha 24 de agosto de 2016. Regístrese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por SAMANTHA BLANCO GUZMAN, Jueza Titular de este Juzgado de Letras de Vicuña. Vicuña, veintiséis de noviembre de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la sentencia que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde a
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Vicuña CAUSA ROL : V-154-2019 CARATULADO : CAQUES/ Juzgado de Letras de Vicuña. Sentencia N°________/ Rol N° V- 154-2019. Materia: Mensura “MARIA ESBELDA 10, 1 AL 300”. Peticionario: SOCIEDAD LEGAL MINERA MARIA ESBELDA DIEZ. Jueza: Samantha Blanco Guzmán. Fecha ingreso: 08 de abril de 2019. Código M01M Vicuña, veint
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