C/ JESSICA ESTER SEPÚLVEDA BARRA
Rol
O-1295-2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 08 de Abril de 2023, a las 22:45 horas aproximadamente, a la altura del N° 2266, de Pasaje C, en la comuna de Peñalolén, la imputada Jessica Sepúlveda Barra, turbó gravemente la tranquilidad pública, causado desórdenes consistentes en gritos con improperios hacia el interior de los diferentes domicilios del Pasaje y propinar golpes de puño y golpes de pies a los cercos de los inmuebles, por lo que fue detenida en el lugar, subiéndola al carro policial, donde al interior del calabozo procedió a dar golpes de pie a las puertas y techo de este, con su accionar, la imputada Sepúlveda Barra causó daños en la propiedad fiscal consistente en daños al foco de la luz de la parte superior del calabozo, sacándola de su base, los que fueron avaluados en $ 30.000 mil pesos. Delito y grado de desarrollo Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal. Autor y consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña JESSICA ESTER SEPÚLVEDA BARRA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 08 de Abril de 2023, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: WKRMXJXJHEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-07T13:23:27-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña JESSICA ESTER SEPÚLVEDA BARRA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 08 de Abril de 2023, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: WKRMXJXJHEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-07T13:23:27-0300
Texto Completo (Preview)
1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Av. Pedro Montt N° 1606, Edificio F, Piso 6, Santiago - Teléfono 29758044 TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300381566-8 RIT : 1295 - 2023 IMPUTADO : JESSICA ESTER SEPÚLVEDA BARRA Cédula de Identidad : 0017386122-2 Nacionalidad : CHILENA Fecha de nacimiento : 05-07-1990 Domicilio : Calle LOS ARAUCANOS Nº 2070, PEÑALOLÉN
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